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Logró una condena por un delito más leve, pero deberá cumplirla completa

José Luis Casiva llegó a juicio acusado por el intento de homicidio de su ex. Lo sentenciaron por lesiones graves.

Por redacción
| 09 de marzo de 2024
Miércoles. Casiva, sentado detrás de su abogada, oyó los alegatos y el veredicto prácticamente sin inmutarse. Foto: Inés Cobarrubia.

La defensa de José Luis Casiva logró convencer al tribunal de que el hombre nunca tuvo la intención de asesinar a su expareja y logró que fuera condenado por una figura penal más leve por la que llegó acusado. No obstante, sus argumentos de que el empresario no era violento y posesivo para con la víctima no cuajaron y el imputado finalmente fue condenado.

 

El hecho –por el que le dieron 7 años de cárcel- ocurrió la tarde del 25 de diciembre de 2021, en una vivienda del barrio Ampare de la capital, que la pareja compartió casi 28 años hasta que, el 23 de julio de ese año, M.E.C., la víctima, decidió denunciar por violencia a Casiva y excluirlo del hogar con una orden judicial. Además, la mujer decidió a posterior iniciar los trámites de divorcio, que habría sido uno de los detonantes del ataque.

 

Según se ventiló en el debate oral, él le repetía “que nunca se iba a poder separar de él, que no iba a ser de nadie más y que si era necesario la iba a matar”, frase que también replicó el día que la golpeó en su exvivienda, adonde fue con la excusa de retirar algunas de sus pertenencias.

 

Tras agredirla físicamente (le rompió los huesos de la nariz y la lesión le dejó secuelas hasta hoy) y amenazarla con dos cuchillos, la mujer logró salir a la calle, donde fue auxiliada por vecinos que se la sacaron a Casiva de las manos. Si bien la intención de matar es un punto difícil de probar judicialmente, en sus alegatos del miércoles la fiscal de Juicio Virginia Palacios remarcó que si esas personas no hubiesen intervenido, M.E.C. hubiera terminado muerta.

 

La fiscal hizo un repaso de las pruebas vertidas en el juicio, habló de una relación de sometimiento del hombre hacia la mujer y sostuvo la calificación legal que el fiscal de Instrucción 3, Esteban Roche, le impuso a la causa al momento de elevarla a juicio: “Homicidio en grado de tentativa doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género”. La salvedad fue que, al momento de pedir pena, solicitó una condena a 11 años de prisión y no a 10, como había propuesto Roche.

 

Marina Zilliotto, quien representó a la víctima junto a Claudia Rocha, sostuvo que Casiva siempre ejerció violencia simbólica sobre su esposa, que tenía el control de la empresa que ella había formado, que la había alejado de sus relaciones afectivas, que la controlaba, que le era infiel y no lo ocultaba, y que, ante el pedido de divorcio, sintió que perdía el control y dominio de la vida de ella, y que lo simbólico se convirtió en violencia física.

 

El ataque quedó registrado por al menos dos cámaras de seguridad que había en la casa familiar y la letrada remarcó que al empresario ni siquiera le importó ese registro. También dijo que la mayoría de los golpes fueron en la zona de la nariz, en lo que se denomina el “triángulo de la muerte”, con puntos vitales que podrían haber derivado en un homicidio.

 

Finalmente, tanto ella como Rocha adhirieron a la calificación legal y al pedido de pena de Palacios, pero para la defensora Linda Yanina Maluf Martínez, sus versiones del hecho distaron totalmente de la realidad.

 

Primero, sobre el presunto intento de homicidio, se preguntó dónde está el dolo, alegando que no hubo una sola prueba de que su cliente haya tenido la intención de matar y que si hubiese querido hacerlo, hubiera sido fácil para él apuñalarla dentro de la vivienda o bien dispararle.

 

En cuanto a la relación de pareja, situó a M.E.C. como una mujer que tenía pleno dominio de la economía hogareña, de sus tiempos y que era una persona que tenía amigas y viajaba, algo muy distinto al perfil de alguien sometido. “Acá lo que trató de hacerse fue construir una personalidad falsa de él”, dijo.

 

Por otra parte, cuestionó la inspección ocular y el secuestro de elementos en la casa del barrio Ampare, que se hizo poco más de 24 horas después, y acusó que la escena pudo ser adulterada. “En los videos que se exhibieron aquí incluso podemos ver que ambos estuvieron conversando, ella sentada, relajada, y que fue la señora quien se levantó y empezó a agredir a mi cliente”, sumó y también relativizó las heridas de la mujer diciendo que fueron leves.

 

Pidió que Casiva fuera en todo caso condenado por esa figura, su inmediata libertad por el agotamiento de la pena y, para tranquilidad de la víctima, que el tribunal impusiera una orden de restricción.

 

Tras poco más de una hora de deliberación, el tribunal regresó al recinto con su fallo: condenaron al empresario de forma unánime por “Lesiones graves doblemente calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género”, a 7 años, cuando la escala penal por ese hecho es de 3 a 10 años y que podría entenderse como un monto elevado.

 

Casiva seguirá detenido en la Penitenciaría hasta el agotamiento de la sentencia, ya que los delitos que incluyen cuestiones de género no son plausibles de beneficios como salidas transitorias.

 

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