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Condenaron a un hombre de 90 años por abusar de su nieta: cumplirá prisión domiciliaria

El Tribunal lo encontró culpable del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo. Los hechos ocurrieron cuando la víctima tenía entre 6 y 10 años.

Por redacción
| Hace 4 horas
Instantes del debate. Foto: Periódico Judicial.

Un Tribunal del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis declaró culpable a un hombre de 90 años por el delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo. 

 


Tras el debate oral, los magistrados le impusieron una pena de tres años y seis meses de prisión, la cual será cumplida bajo la modalidad domiciliaria debido a la avanzada edad y los problemas de salud del condenado. El veredicto fue emitido este jueves por la tarde por los magistrados Ariel Parrillis, Daniela Estrada y Fernando De Viana.

 


Durante la etapa de alegatos, el Fiscal de Juicio Fernando Rodríguez sostuvo que los hechos quedaron acreditados mediante el testimonio de la víctima y las pericias psicológicas.

 


El fiscal subrayó que el caso se encuadra en los denominados delitos intramuros, que ocurren en ámbitos privados y sin testigos directos, lo que exige una valoración probatoria acorde a su naturaleza. Por este motivo, solicitó que el fallo se dictara con perspectiva de género y bajo el enfoque de protección integral de la niñez.

 


Por su parte, la defensa técnica ejercida por el abogado Pedro Gianello solicitó la absolución del acusado por considerar que no se había probado el hecho.

 


Subsidiariamente, el letrado pidió que, en caso de condena, la pena fuera de cumplimiento en suspenso o bajo modalidad domiciliaria, haciendo hincapié en la edad del imputado.

 


La causa judicial se originó luego de que la víctima comenzara terapia psicológica por episodios de enuresis nocturna. 

 


Tras descartarse causas orgánicas, la joven logró relatar que, entre los 6 y los 10 años, el ahora condenado realizaba tocamientos de carácter sexual cuando ella quedaba a su cuidado. Ya siendo mayor de edad, la joven solicitó declarar en el juicio pese a la oposición de la defensa, que argumentaba que ya existía un testimonio en Cámara Gesell. 

 


El Tribunal permitió su declaración basándose en el Código Procesal Penal provincial y en la Convención de Belém do Pará, normativas que garantizan el derecho de las mujeres a participar activamente en el proceso judicial.

 


Finalmente, se determinó que el hombre cumpla la condena en su domicilio bajo la supervisión del Instituto de Reinserción Social y el Servicio Penitenciario Provincial.

 


Esta modalidad de cumplimiento se ejecuta bajo estrictas condiciones y controles judiciales en lugar de una unidad penitenciaria, aunque la justicia advirtió que, en caso de incumplir las medidas impuestas, la modalidad podrá ser revocada y el condenado deberá ser trasladado a una cárcel común.

 

 

Periódico Judicial/Redacción. 
 

 

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