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Coparticipación: la pelea de San Luis que benefició a todos

Por redacción
| 20 de mayo de 2016
Nación devuelve a las provincias el recorte del 15 por ciento de la coparticipación

El acuerdo que la mayoría de las provincias firmó con la Casa Rosada para recuperar, en cuotas, el 15% de la coparticipación federal de impuestos que la Nación les retenía desde 1992 para financiar a la ANSeS, tuvo un claro disparador: la denuncia judicial del gobierno de San Luis para reclamar esos fondos, que motivó el fallo en el que la Corte Suprema de Justicia ordenó al Ejecutivo nacional dejar de realizar esa detracción a la provincia, y también a Santa Fe y Córdoba.
Tras ese fallo de la Corte, la entonces presidente Cristina Fernández de Kirchner ordenó por decreto, devolver el 15% a todas las provincias, para complicar el comienzo del gobierno de Macri: la administración kirchnerista nunca se había preocupado antes por pagar esa deuda.
Apenas asumió, el actual presidente derogó esa norma para no tener que pagar casi 250 mil millones de pesos, según cálculos de la consultora Economía & Regiones, por el freno a la deducción y la deuda retroactiva a 2006.
Pero Macri, previendo que el pago a las provincias beneficiadas por el fallo de la Corte podría generar nuevos juicios del resto, propuso un plan de pago en 5 cuotas anuales entre este año y 2020. Tras la resistencia inicial a ese cronograma tan extenso, el grueso de las provincias lo aceptó esta semana.
El miércoles pasado, en Córdoba, firmaron los mandatarios que faltaban, ya que Jujuy, Neuquén, Misiones, Chubut y Tucumán lo habían hecho un día antes.
Los mandatarios de San Luis,  Alberto Rodríguez Saá; Córdoba, Juan Schiaretti, y Santa Fe, Miguel Lifschitz, no rubricaron el acuerdo, ya que por la aplicación del fallo de la Corte, reciben desde diciembre de 2015 el total del 15% detraído hasta ese momento.
"Es un buen acuerdo. Para el resto de las provincias es positivo, porque las pone en un pie de igualdad", dijo el jueves el mandatario santafesino Miguel Lifschitz.
Para el ministro del Interior, el jueves "fue un día histórico. Por primera vez se hace un acuerdo federal a favor de las provincias".
Así, el reclamo que nació con las presentaciones judiciales del gobierno de San Luis, terminó con este nuevo pacto que devuelve el porcentaje retenido de la coparticipación a todas las provincias.

 


Lo que dijo la Corte
El 24 de noviembre de 2015, a sólo dos días del triunfo de Mauricio Macri en el balotaje presidencial, el máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad de ese descuento y dispuso que en no más de diez días, el gobierno central dejara de retener ese 15% a esas tres provincias. También ordenaba dejar sin efecto el descuento de otro 1,9% de la coparticipación, destinado a financiar a la AFIP. 
Las acciones judiciales en defensa de los fondos de San Luis fueron decididas y presentadas durante la Gobernación de Alberto Rodríguez Saá, luego de la Consulta Popular realizada el 28 de octubre de 2007, en la que se preguntó a los puntanos si estaban de acuerdo en que la Provincia defendiera por la vía judicial las deudas que mantenía el gobierno central con San Luis. El Sí ganó con el 92% de los votos.
Con el tiempo, y mientras el reclamo de San Luis avanzaba, se sumaron las denuncias de Córdoba y Santa Fe. 

 


El origen de la quita
La deducción del 15% fue originalmente pactada en la cláusula primera del Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales del 12 de agosto de 1992 —ratificado por la Ley Nacional 24.130— y prorrogada varias veces por los llamados Pactos Fiscales entre la Casa Rosada y los gobernadores. 
Pero una vez vencidos esos compromisos, el ex presidente Néstor Kirchner extendió a partir del 1° de enero de 2006 el plazo de ese recorte de forma unilateral, en el artículo 76 Ley 26.078 de Presupuesto General para ese año, aprobada a fines de 2005. Ese artículo fue el que el máximo tribunal declaró inconstitucional.
Además de ordenar la devolución de la suma retenida indebidamente a las provincias desde 2006 más los intereses, el tribunal fijó un plazo de 120 días para que las partes acordaran la forma y plazos en que el Estado Nacional reintegraría los fondos adeudados, con la advertencia de que, en caso de incumplimiento, lo determinaría el propio tribunal en la etapa de ejecución de la sentencia.

 

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