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Tres años de prisión en suspenso por abusar de la hija de su pareja

El fiscal había pedido que lo condenaran a tres años y medio y el defensor había solicitado la absolución.

Por redacción
| 10 de noviembre de 2020
Si bien las audiencias fueron virtuales, los testigos declararon en la sala de juicios de la Cámara Penal 1. Foto: Archivo.

Luego de tres días de debate oral, este lunes la Cámara Penal 1 de San Luis condenó a Marcelo Córdoba por abusar de la hija de quien era su pareja hace siete años. El hombre había llegado a la instancia de juicio en libertad, aunque con un pedido de pena por parte de la fiscal de instrucción a nueve años de prisión. Pero finalmente fue sentenciado a tres años de prisión en suspenso. Lo que quiere decir que podrá sobrellevar su condena en libertad, siempre y cuando cumpla con las condiciones fijadas por el tribunal, entre ellas, no acercarse jamás a la víctima, ni a su domicilio, ni a sus lugares de trabajo o estudio, ni tampoco a los miembros de su familia.

 

El tribunal, compuesto por los jueces Silvia Inés Aizpeolea, José Luis Flores y Hugo Saá Petrino, condenó a Córdoba por "Abuso sexual simple". Al momento de fallar, consideró que no hubo agravantes, pero sí atenuantes, entre ellos, la falta de antecedentes y el comportamiento del acusado, que en los años que duró el proceso judicial siempre se mostró a derecho y no evadió el accionar de la Justicia.

 

El hombre había llegado a juicio acusado de abuso sexual agravado por la convivencia con la víctima, quien al momento del ultraje, en 2013, tenía 12 años. Por eso, hace cuatro años, cuando la fiscal de instrucción dedujo la acusación,  solicitó que fuera condenado a nueve años de cárcel, aclaró el presidente de la Cámara, José Luis Flores.

 

Pero ese pedido de pena, con tal cantidad de años, no fue mantenido por el fiscal de Cámara 2, Fernando Rodríguez. Al mediodía, durante los alegatos, el funcionario judicial solicitó que Córdoba fuera sentenciado a tres años y seis meses de prisión. En parte porque el agravante de la convivencia con la víctima no quedó probado en el debate, puesto que ni la damnificada ni su madre confirmaron que el acusado viviera con ellas bajo el mismo techo al momento del abuso.

 

El defensor de Cámara, Esteban Sala, requirió a su turno que Córdoba fuera absuelto por el beneficio de la duda porque las pruebas ventiladas en el juicio no habían demostrado de manera contundente lo que le endilgaban a su defendido. También pidió subsidiariamente que si el tribunal lo declaraba culpable le aplicaran una condena en suspenso porque "siempre se mantuvo a derecho". El juzgado siguió el desarrollo del debate oral a través del sistema de videoconferencia Cisco Webex.

 

Durante las audiencias declararon la víctima, que ahora tiene 19 años; su madre y una especialista del Poder Judicial que entrevistó a la damnificada en la Cámara Gesell. La joven confirmó todo lo que había contado en la Cámara Gesell.

 

Según esas declaraciones, en mayo de 2013, cuando sucedió el abuso, la madre de la víctima y Córdoba intentaban reconciliarse, tras un impasse. En una de las tantas visitas que el hombre hizo a la casa de la mujer, durante la noche, manoseó a la adolescente.

 

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