SAN LUIS - Sabado 28 de Junio de 2025

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Apelan una excarcelación otorgada al médico Pérez Araña en una causa

El reumatólogo, de todos modos, seguirá detenido por el resto de causas que acumula por violar una restricción de acercamiento a su ex.

Por redacción
| 07 de mayo de 2021
4 de febrero. Cuando el médico era llevado al Penal. Foto: Policía de San Luis.

Entre los numerosos pedidos de excarcelación que la defensa de Enrique Pérez Araña presentó en las también numerosas causas que tiene por amenazas y violencia de género, la Cámara Penal 1 de Villa Mercedes le concedió el beneficio. Se trata de aquella causa por la que el reumatólogo fue procesado por amenazar al novio de su ex. No obstante, el abogado de la expareja de Pérez Araña apeló la resolución del tribunal porque, además del hecho de que ningún caso por violencia de género contempla la excarcelación, la defensa ni siquiera había argumentado como corresponde tal apelación y, por  lo tanto, debió ser rechazada desde un principio.

 

El médico había sido enviado a prisión en febrero tras desobedecer una orden judicial y atacar a golpes a su ex y a la actual pareja de ella.

 

La causa sobre la que se expidió la Cámara, integrada por los jueces Virna Eguinoa, Hernán Herrera y Sebastián Cadelago Filippi, fue llevada adelante en el Juzgado Contravencional y Correccional 1. Y tal expediente no solo incluye actuaciones judiciales en torno a las amenazas del médico hacia el novio de la ex, J.O., sino también a la hija de ese hombre y a la ex del reumatólogo, N.A. Uno de los hechos que le valieron, al menos, seis denuncias solo en enero.

 

Por dicha investigación, el juez Santiago Ortiz lo procesó y le dictó la prisión preventiva a mediados de febrero. Para ese entonces, el médico cubano ya se encontraba alojado en la Penitenciaría de San Luis, procesado por la jueza María Antonella Panero, del Juzgado Contravencional y Correccional 2, por haber violado la restricción de acercamiento a su ex.

 

En su momento, el defensor Lucio Pereyra apeló la resolución de Ortiz. Pero el magistrado no le hizo lugar y confirmó la prisión preventiva. Entonces, el letrado recurrió a la Cámara Penal, con otra apelación.

 

Pero, según explicó Jorge Vinuesa, el abogado de la ex de Pérez Araña, tal recurso legal no fue planteado como debió. "El defensor apeló, pero no fundó el recurso. No dijo por qué apelaba. No expresó agravio", remarcó el letrado. Así, tal cual, sin ser argumentado, fue elevado al tribunal.

 

El 26 de enero, Pérez Araña fue hasta el trabajo del actual novio de su expareja y lo atacó. 

Y, en un giro totalmente inesperado para el abogado de N.A., la Cámara confirmó el procesamiento del hombre, pero le concedió la excarcelación por una de las causas. "Le otorgaron la excarcelación de oficio, en contra de lo que dijo el fiscal, Néstor Lucero, quien había marcado la falta de agravio y de sostenimiento del recurso", explicó. En otras palabras, Vinuesa entiende que el tribunal nunca debió hacerle lugar al planteo de la defensa porque, para empezar, ni siquiera lo argumentaron. Así como lo presentó la defensa el recurso debió ser declarado desierto, indicó. 

 

Además, al expedirse solo sobre las amenazas a J.O., los jueces "no tuvieron en cuenta que el expediente tiene tres causas acumuladas y se olvidaron del ataque a mi clienta, que es la principal agredida", remarcó. De esa forma la resolución del tribunal deja de lado la perspectiva de género. "No habiendo tratado la perspectiva de género caen en un error muy complicado, porque cuando hay una cuestión de género involucrada no procede la excarcelación. Lo dicen los tratados internacionales y los códigos de procedimiento", manifestó.

 

Por eso ayer Vinuesa presentó lo que en derecho llaman un recurso in extremis, para que "la Cámara revise su propio fallo, por los errores que tiene", explicó.

 

 

Otra jueza le dijo que no

 

Pese al fallo de tal tribunal, el médico está lejos de recuperar su libertad. De hecho, dos días antes de que se expidieran los camaristas, la jueza Panero le rechazó el pedido de excarcelación y prisión domiciliaria que la defensa había solicitado. Pereyra había fundado tal requerimiento, entre otros argumentos, porque su cliente tiene problemas de salud.

 

En su resolución, la magistrada sostuvo que no correspondía otorgarle tal beneficio, por un lado, porque "la permanencia en el Penal no es impedimento para cursar sus posibles patologías, teniendo en cuenta que dicha institución cuenta con área sanitaria y medicación para estos casos" y, por otro lado, dada la gravedad de los hechos con los que se suscitó la desobediencia de la orden judicial por la que fue procesado, marcada por un contexto de violencia de género hacia la ex del acusado.

 

Pérez Araña tenía prohibido acercarse a la mujer, de quien se había separado hacía cuatro años. De hecho, desde el 13 de enero pasado, la Justicia también le impidió arrimarse a la actual pareja de su ex, a quien había empezado a hostigar con amenazas.

 

Pero el martes 26 de enero, después de amenazar en varias oportunidades al hombre, ir a su casa y atacar a su familia, fue hasta el comercio donde trabajan N.A. y J.O., en Mitre al 1400. Sin pedir permiso, fue hasta las oficinas administrativas, ubicadas al fondo del local. Luego le lanzó dos o tres trompadas al novio de su ex antes de que pudiera ser reducido por cuatro compañeros de la víctima, mientras N.A. activaba el botón antipánico, que le proporcionaron en la Secretaría de la Mujer tras haber sido amenazada ella y J.O. con, al menos, 60 mensajes del médico.

 

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