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El Enargas controlará que se apliquen los descuentos en las zonas frías

La medida se adoptó luego de entrar en vigencia el nuevo cuadro tarifario que beneficia con descuentos a 360 mil hogares de 8 departamentos de San Luis.

Por redacción
| 14 de septiembre de 2021
Desde el 5 de agosto las proveedoras de gas domiciliario debieron aplicar descuentos en las tarifas residenciales. Foto: Internet.

El Gobierno dispuso este martes aumentar los controles sobre las distribuidoras del servicio de gas por redes, a efectos de fiscalizar "que se esté facturando correctamente a los usuarios". La medida se tomó tras la aprobación de la llamada ley de zonas frías que debía entrar en vigencia a partir del 5 de agoto.

 

Entre los territorios alcanzados por la nueva ley, se incluye a ocho departamentos de San Luis (excepto Ayacucho) que beneficia a unos 360 mil hogares de toda la provincia, con descuentos de entre el 30 y 50 por ciento en la tarifa.

 

Las licenciatarias del servicio de distribución de gas por redes deberán presentar al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) un informe pormenorizado e individualizado del estado de situación comercial, técnica, económica y financiera, respecto de cada una de las subdistribuidoras de su área licenciada, en el plazo de 15 días hábiles de ser notificada.

 

Así lo estableció la Resolución 322/2021 del Enargas, publicada este martes en el Boletín Oficial.

 

De acuerdo con el texto oficial, a efectos de controlar que se esté facturando correctamente a los usuarios en orden a su categoría y zona tarifaria, la Gerencia de Protección al Usuario (Enargas) efectuará una Auditoría de Aplicación de Cuadros Tarifarios.

 

Esa auditoría incluye la verificación de los días incluidos en el período de consumo comprendido entre las fechas de lectura de medidor, en función del ciclo de lectura de los usuarios (bimestral o mensual).

 

También, la correcta asignación del consumo del período a la liquidación de servicio público, en orden al esquema de emisión de factura mensual y la aplicación de los cuadros tarifarios vigentes en función de la categoría del usuario y la subzona tarifaria.

 

Para las subdistribuidoras alcanzadas por el régimen de Zona Fría, se deberá verificar la "efectiva y correcta implementación del régimen en la facturación a los usuarios y usuarias", y las leyendas obligatorias que la que la liquidación de servicio público debe contener.

 

El Enargas justificó los mayores controles al señalar que "no quedan dudas de que corresponde a este ente regulador, en el marco de su competencia, definir los derechos de los sujetos involucrados en la prestación del servicio respectivo mediante la aplicación de las normas legales, reglamentarias y en su caso, contractuales (licencias) correspondientes".

 

NA/MGE

 

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