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Caso Aramburu: absolvieron al único acusado por el beneficio de la duda

Los magistrados del Colegio de Jueces entendieron que no hubo pruebas concretas para condenar a Sergio David Sánchez. Hasta último momento intentaron dar con un testigo clave.

Por redacción
| 25 de marzo de 2022
Esteban Sala, el abogado, le habla al oído a Sánchez tras el veredicto. Foto: Héctor Portela.

Inocente; o absuelto por el beneficio de la duda. Esa fue la suerte que los magistrados del Colegio de Jueces, por unanimidad, definieron para Sergio David Sánchez, juzgado por matar en 2020 al catamarqueño Leandro Rafael Aramburu en una construcción abandonada en 25 de Mayo y avenida Lafinur de la capital puntana. La víctima, que fue atacada salvajemente en la cabeza con un hierro, agonizó tres días en el hospital. Hasta último momento, el fiscal de Cámara y los magistrados trataron de dar con un testigo clave que habría visto a Sánchez y Aramburu en el mismo lugar tras el ataque, pero no lograron ubicarlo.

 

Sánchez, de 24 años, había llegado a juicio acusado de homicidio doblemente calificado por el ensañamiento y alevosía, lo que podía dejarlo varios años en la cárcel. Incluso, este viernes, en los alegatos, el fiscal Fernando Rodríguez solicitó cadena perpetua para el presunto homicida.

 

Pero para que esa pretensión no cayera en saco roto, para Rodríguez era fundamental el testimonio de Santiago González. “Su presencia en este debate oral es fundamental para la acusación, en función de que fue el primero que entró al lugar del hecho cuando aún permanecían Sergio David Sánchez, el acusado, y Celestina Ortega”, su pareja de ese entonces,  argumentó el fiscal en la penúltima audiencia.

 

Ante la Policía, González aseguró haber visto a Sánchez ensangrentado adentro de la casa y también que intentaba llevarse a Ortega a la fuerza mientras Aramburu estaba desmayado en el piso. Al parecer, de un pueblo de Neuquén se fue a Mendoza y no ha resultado sencillo dar con él.

 

“Lamentablemente no pudimos lograr su comparendo pero la reconstrucción histórica de los hechos sí por las pruebas incorporadas a la causa. En sede policial González dijo que a las 11 horas iba caminado por 25 de mayo y Lafinur y que desde el fondo de una vivienda escuchó los gritos de una mujer que decía lo mataste, lo mataste´. Allí vio que Sánchez estaba manchado con sangre y que se llevó a la fuerza a la mujer y que luego vio a la víctima golpeado en la cabeza. También relató que llamó al 911”, dijo el fiscal en su alegato.

 

“Si bien no tenemos el testimonio de González tenemos testimonios coincidentes en que de esa casa abandonada salió un hombre tironeando una mujer que gritaba lo mataste. Si a esto lo conectamos con el testimonio de González queda perfectamente armónica la escena posterior al hecho”, sostuvo, pero Esteban Sala, defensor de Sánchez, retrucó: “Parece que estuvimos en juicios diferentes. El nuevo Código nos dice que la prueba que hubiese de servir de base a la sentencia deberá producirse en la audiencia de juicio. En la causa declararon 8 testigos, ninguno ha demostrado que Sánchez haya sido el autor. Los hechos se tienen que probar”.

 

Finalmente, los jueces José Luis Flores, Julio Fernando De Viana y Adriana Lucero Alfonso determinaron que no estuvo probado el hecho investigado ni que Sánchez haya sido el autor.

 

FQ.

 

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