SAN LUIS - Domingo 29 de Junio de 2025

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Confirman condena a “El Tigre" Acosta por violaciones en la ESMA

La Cámara Federal de Casación Penal reafirmó que los abusos sexuales cometidos durante la dictadura no fueron aislados, sino parte del ataque sistemático a la población civil.

Por redacción
| 15 de octubre de 2024
Acosta tenía un rol activo en la dirección de torturas y abusos, según dijo el tribunal. Foto: internet.

La Cámara Federal de Casación Penal reafirmó que los delitos sexuales cometidos durante la última dictadura militar en Argentina fueron parte de un ataque sistemático a la población civil, como parte del plan criminal del terrorismo de Estado. El tribunal rechazó un recurso presentado por la defensa de Jorge Eduardo Acosta, exjefe de Inteligencia del Grupo de Tareas 3.3.2 de la ESMA, y confirmó su condena a 24 años de prisión por violación agravada reiterada, abuso deshonesto, privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos a tres mujeres que estuvieron detenidas en el centro clandestino de detención de la Escuela de Mecánica de la Armada.

 

El fallo fue emitido por los jueces Guillermo Yacobucci, Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, quienes afirmaron que estos crímenes “surgen como parte del contexto del ataque sistemático a la población civil” y que no fueron aislados ni aleatorios, sino parte de una política de persecución planificada.

 

El tribunal sostuvo que los delitos sexuales no requerían una orden directa para ser perpetrados y formaban parte de las prácticas represivas llevadas a cabo en la ESMA. Acosta fue señalado como responsable no solo por su rol jerárquico, sino por convalidar y permitir estas atrocidades. “No era un jefe de escritorio”, destacaron los jueces, al resaltar que su mando incluía la dirección activa de la tortura y el abuso dentro de la ESMA.

 

 

 "Capucha", la zona más alta del casino de oficiales de la ESMA, que fue utilizada para mantener cautivas a las víctimas a uno y otro lado del pasillo.

 

 

La sentencia se inscribe en una jurisprudencia que reconoce la violencia sexual como una herramienta de represión política durante el terrorismo de Estado, y reafirma la imprescriptibilidad de estos delitos al clasificarlos como crímenes de lesa humanidad.

 

La sentencia también incluyó un análisis desde la perspectiva de género, destacando que las mujeres fueron sometidas a violencia sexual como parte de un contexto de dominación y agresión planificada. El juez Slokar subrayó la importancia de aplicar esta perspectiva en la valoración de los testimonios de las víctimas, recordando que estos crímenes no deben ser minimizados ni desacreditados por estereotipos de género.

 

Además, el tribunal destacó la relevancia de preservar el material probatorio, como los testimonios de los sobrevivientes y los registros documentales y fílmicos, para garantizar el derecho a la verdad, la justicia y la no repetición. La causa ESMA sigue siendo uno de los juicios más emblemáticos en la historia jurídica argentina, con un impacto significativo en la lucha por los derechos humanos y la memoria histórica.

 

La ratificación de la condena a Jorge Acosta por parte de la Cámara de Casación Penal refuerza el compromiso de la justicia argentina con el esclarecimiento de los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura. En este sentido, la sentencia destaca la importancia de abordar estos casos con una visión integral que incluya la violencia sexual como parte del dispositivo represivo, garantizando la memoria, verdad y justicia para las víctimas y sus familiares.
 

 

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