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Histórico fallo judicial benefició al arquero Rodrigo Rey y marcó un límite a la exclusión

La Justicia falló a favor del arquero Rodrigo Rey tras la negativa de un colegio a renovar la matrícula de sus hijos y sentó un precedente clave en inclusión educativa para niños con TEA

Por redacción
| Hace 5 horas

La Justicia dictó un fallo considerado ejemplar a favor de la familia del arquero de Independiente, Rodrigo Rey, en una causa que se transformó en un precedente clave para los derechos de niños y niñas con Trastornos del Espectro Autista (TEA) en el sistema educativo argentino.

 

El conflicto se inició en octubre de 2024, cuando el Instituto José Manuel Estrada, ubicado en City Bell, en la zona de La Plata, decidió no renovar la matrícula de los hijos del futbolista, Benicio y Renata, para el ciclo lectivo 2025. La institución invocó el denominado “derecho de admisión” para justificar la exclusión.

 

Benicio, de 8 años, fue diagnosticado con TEA y necesitaba adaptaciones específicas dentro del ámbito escolar. La familia denunció que el colegio no solo se negó a realizar los ajustes razonables necesarios, sino que además habría tomado represalias luego de que Rey cuestionara públicamente, en junio de 2024, el trato recibido por su hijo. En aquel momento, el arquero difundió una imagen en la que el niño aparecía recostado en una colchoneta improvisada dentro del aula, situación que consideró humillante e impropia.

 

El caso fue judicializado y, en una primera instancia, la familia obtuvo una medida cautelar que permitió que los niños continuaran asistiendo al establecimiento mientras se resolvía el fondo de la cuestión. Finalmente, a un mes de conocerse públicamente el fallo, la Justicia dictó una sentencia definitiva favorable a la familia Rey.

 

La resolución estableció que las escuelas no pueden ampararse en el “derecho de admisión” para excluir a alumnos con discapacidad o condiciones del neurodesarrollo. Además, ordenó a la institución garantizar la continuidad educativa de los niños y capacitar de manera obligatoria a su plantel docente en discapacidad y autismo.

 

La abogada de la familia, Carla Junqueira, remarcó que el fallo sienta un precedente fundamental al confirmar que la igualdad y la no discriminación deben prevalecer sobre los reglamentos internos de los establecimientos privados. También se prohibió expresamente que las escuelas excluyan a familias por solicitar adaptaciones razonables para la inclusión.

 

Desde la ONG TEActiva, que acompañó a la familia durante todo el proceso, señalaron que se trata de una sentencia histórica que devuelve esperanza a miles de familias que atraviesan situaciones similares en todo el país. Según describieron, existen numerosos casos de niños con discapacidad a quienes se les niega el acceso a instituciones educativas bajo excusas administrativas.

 

El fallo también exhorta a la Provincia de Buenos Aires a garantizar la capacitación obligatoria en autismo y discapacidad en todas las escuelas, y no solo en la institución involucrada.

 

Especialistas en salud mental infantil destacaron el contexto en el que se produce esta decisión judicial. El psiquiatra Christian Plebst señaló que los diagnósticos de autismo crecieron cerca de un 6000% en los últimos 30 años, pasando de una prevalencia de 1 cada 2.500 niños en los años noventa a 1 cada 36 en la actualidad.

 

Por su parte, la psiquiatra Alexia Rattazzi propuso reemplazar el término “Trastorno del Espectro Autista” por “Condición del Espectro Autista”, con el objetivo de disminuir la estigmatización y promover una mirada más inclusiva sobre la neurodiversidad.

 

La decisión judicial fue considerada un fallo histórico que fortalece la inclusión educativa en la Argentina y limita el alcance del “derecho de admisión” en los colegios privados cuando están en juego derechos fundamentales de niños y niñas con discapacidad.

 

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