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Docentes a la Justicia: UTEP demandó al Gobierno provincial

El gremio interpuso una acción de inconstitucionalidad contra el decreto que habilita designaciones precarias y cuestiona el mecanismo de acumulación de cargos. 

Por redacción
| Hace 2 horas
Carlos Peralta. Imagen ilustrativa. Foto: Radio UNSL.

La Unión de Trabajadores de la Educación Provincial de San Luis (UTEP) llevó al Ejecutivo directamente al Superior Tribunal de Justicia. Con la firma de su secretario general Carlos Alberto Peralta y el patrocinio del abogado Mariano Barrera, el gremio presentó una acción originaria de inconstitucionalidad con habilitación de día y hora y pedido de medida cautelar de no innovar contra el Estado Provincial.

 

 

El centro del planteo es el Decreto N° 1592-ME-2026, la norma con la que el Ministerio de Educación regula todas las convocatorias actuales para la cobertura de cargos y horas cátedra en la provincia. La entidad sindical pide que se declare la inconstitucionalidad del artículo 5.4 de su Anexo, que es el que habilita las designaciones por escasez.

 

 

Ese artículo establece que cuando se verifica una situación de incompatibilidad, es decir, cuando un aspirante ya tiene otro empleo público a sueldo, pero se invoca la excepción por escasez prevista en el artículo 23 de la Constitución Provincial, igual puede ser designado con carácter excepcional hasta la finalización del ciclo lectivo vigente.

 

 

Para UTEP, esa redacción encierra la violación constitucional. La Constitución de San Luis prohíbe de manera taxativa acumular dos empleos a sueldo, aunque uno sea provincial y otro nacional o municipal, y solo admite como excepción la escasez de personal docente, que debe ser real y evaluada por el organismo competente.

 

 

Lo que cuestiona el sindicato no es que se recurra a esa excepción cuando efectivamente no hay aspirantes disponibles, sino que el decreto aproveche esa figura para crear una nueva categoría de designación que no existe en el Estatuto.

 

 

El Estatuto Docente solo reconoce las figuras de titular, interino y suplente. El decreto, en cambio, inventa una designación excepcional con vencimiento automático en diciembre, que se cae por el solo hecho de terminar el ciclo lectivo aunque la causa que originó la vacante siga vigente, como puede ser una licencia o una vacante sin cubrir por concurso.

 

 

De esta forma, el planteo del gremio busca que el Superior Tribunal declare que esa limitación temporal es inaplicable y que la duración de cada designación debe regirse por la verdadera naturaleza estatutaria de la vacante que se cubre, y no por una fecha de calendario impuesta por el decreto.

 

 

En forma subsidiaria, para el caso de que el Tribunal no quiera anular el precepto, pide que lo interprete de manera conforme a la Constitución, estableciendo que la escasez solo puede habilitar a superar la incompatibilidad del aspirante, sin modificar la naturaleza interina o suplente del cargo y sin autorizar el cese automático por fin de ciclo cuando la vacante subsiste.

 

 

La presentación incluye además la reserva del caso federal para poder llegar a la Corte Suprema de la Nación y solicita que las costas sean impuestas a la demandada. El pedido de cautelar de no innovar es clave porque, de ser concedida, obligaría a frenar todas las designaciones realizadas bajo esa modalidad hasta que se resuelva el fondo, justo en la misma semana en que el Ministerio de Educación abrió la convocatoria número diecisiete exigiendo a todos los postulantes la presentación de la declaración jurada de incompatibilidad bajo este mismo sistema cuestionado.

 

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