Después de dos años en los que impidió el contacto, la Justicia de San Luis obligó a una mujer, de apellido López, a permitir que su ex pareja pueda ver al hijo de ambos. Hoy a las 8:30 los tutores sellarán el acuerdo de visitas y la cuota de manutención en la Defensoría de Menores, a cargo de la doctora Marcela Torres Cappiello. La jueza penal Virginia Palacios comentó que estos conflictos entre progenitores por el régimen de visitas son muy comunes en San Luis y que por esta causa reciben entre 10 y 15 denuncias por mes.
"Hay que recordar que ambos padres tienen iguales derechos y los mismos alcances respecto a los menores"
La historia de desencuentros comenzó con la separación de la pareja. Aunque se había fijado un régimen de visitas de tres veces por semana, con una hora y media de duración y en el domicilio de una tía paterna, estas jamás se cumplieron por la ausencia de la mujer.
López argumentaba que quería cumplir con el régimen, pero decía que tenia inconvenientes con la hermana de su ex pareja, a la que acusó de intentar ahorcarla en una ocasión incluso cuando tenía su bebé en brazos. La mujer adujo que a partir de ese incidente se vio forzada a no respetar el sistema que había acordado en la Justicia.
En noviembre de 2012, la ex pareja de López se presentó ante la policía y después a la Justicia. A partir de ahí se labraron las actuaciones y el 20 de diciembre de 2012 es tomada la ratificación de la denuncia. Se fijaron las audiencias de contacto de la Ley 24.270. El 28 de diciembre se fijó una audiencia y la mujer no se presentó. El padre adjuntó cinco exposiciones en la que declaraba que no podía ver a su hijo. Hubo otra instancia judicial, el 7 de febrero de 2013, en la que quedó determinada que la mujer no accedía a restablecer el vínculo.
Para mayo del año pasado se realizó otra audiencia tras la insistencia del padre. “Se dejó constancia que López se negaba a un contacto y que se retiró de manera intempestiva de la audiencia”, explicó la jueza. El 20 de agosto se ordenó el llamado de indagatoria por el “impedimento de contacto”. La Justicia fijó siete audiencias en total. Todas fracasaron. La madre dijo que iba a cambiar su opinión y se comprometió verbalmente a asistir a la audiencia.
Finalmente López fue detenida y procesada el 14 de marzo porque la Justicia la consideró en “rebeldía”, al no presentarse a las audiencias y rehusarse a encauzar el conflicto. Fue liberara inmediatamente, pero ahora tendrá que firmar el libro de procesados de la Secretaría del Juzgado de Instrucción Penal Nº 3 todos los meses y comunicar los cambios de domicilio. La causa fue derivada a los Juzgados de Familia 1 y 2.
“Los derechos emergentes de la patria potestad deben entenderse y ampararse equitativamente respecto de ambos padres. Resulta indispensable despojarnos de la tendencia social y judicial de que prevalezcan los de la madre por sobre el padre. Ambos tienen iguales derechos y con los mismos alcances respecto de los menores”, señaló Palacios, y aseguró que las acciones que son punibles en estos casos, son por imposibilitar el contacto de los hijos como así también por entorpecerlo.
Para la ley ya es importante que quede asentado un solo reclamo y no exige que exista un gran número de ellos para ser tenidos en cuenta. Además contempla como un agravante cuando el progenitor que convive con el menor ignora los llamados de la Justicia.
Casos comunes
Más allá que los conflictos por el régimen de visitas son bastante comunes en la ciudad de San Luis, Palacios resaltó que sólo la mitad de las denuncias prosperan debido a que los que se consideran afectados no completan todos los pasos para continuar con las causas, es decir, no van a la Justicia a ratificar que continúe la investigación.
“Necesitamos una instancia de acción. Una vez que la persona hace la denuncia en la policía, si alguno no expresa la voluntad que continúe la investigación, esta se cae”, explicó Palacios.
Igualmente señaló que un porcentaje de esas exposiciones son acordadas entre los involucrados, sin tener que llegar a una vía judicial más activa.
La jueza Penal Nº 3 contó que muchos ciudadanos desconocen que no dejar ver a un hijo es un delito, en el que alguien puede terminar procesado, e instó “a tomar conciencia” sobre ese hecho.
La magistrado recomendó que en estos casos, los padres establezcan un vínculo adulto y los respectivos convenios que se vinculan al régimen de visitas y de cuota alimentaria. Estos acuerdos deben quedar plasmados ante la Defensoría de Menores o Juzgado de Familia.
“Acá recibimos los casos cuando se tornan extremos, cuando la obstrucción del contacto es imposible por la reticencia de alguna de las partes. Es un delito por parte de quien niega una visita y el niño tiene el derecho de crecer con un vínculo paterno”, dijo.
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