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Nuevo Código Civil: firmaron el primer acuerdo matrimonial en San Luis

Por redacción
| 03 de noviembre de 2015
Otra posibilidad. El pacto de los futuros esposos surgió con la reforma del código, que entró en vigencia hace tres meses. Foto: El Diario.

Quizás nunca tengan que usarlo, pero por las dudas, decidieron firmar una convención matrimonial antes de poner el gancho en el Registro Civil. Y es que en San Luis ya hay una pareja que apostó a la figura del nuevo Código Civil y Comercial, que permite establecer un acuerdo entre los futuros esposos para definir cómo repartirán su patrimonio en caso de que la relación se termine. Así lo aseguró el titular de la delegación, Gastón Tula Barale, quien destacó que es el primero que realizan en la provincia, desde que entró en vigencia la normativa hace tres meses.

 


"La solicitud llegó a mediados de la semana pasada. El abogado de los novios pidió un turno para consultar cuáles eran los requisitos, aunque ya tenía la escritura en la mano”, dijo el funcionario, quien comentó que el documento ya está listo, pero la pareja se casará recién esta semana. Y si bien no pudo precisar sus nombres, detalló que viven en la capital.

 


Tula Barale aclaró que la convención matrimonial es distinta al pacto que pueden efectuar los puntanos que celebran una unión convivencial, otro de los trámites que inauguró la nueva normativa y que en San Luis ya tiene antecedentes. El arreglo que efectúan quienes van por la libreta roja debe elaborarse obligatoriamente ante escribano público, mientras que el otro pueden armarlo entre ellos o delante de las autoridades del Registro. Además, la Dirección sólo custodia los acuerdos de convivencia, ya que los de matrimonio pertenecen a quienes lo firmaron y la delegación solamente constata que el papel existe y coloca abajo del acta de casamiento el número de escritura de ese trato y el estudio en el que se realizó, por si en el futuro alguno lo necesita para presentarlo en la Justicia.

 


"Nosotros no las leemos, es un documento privado", admitió el responsable de la dependencia, quien afirmó que no analizan el contenido del acuerdo, pero reconoció que la legislación es “bastante amplia” y permite definir el régimen patrimonial de la pareja o cualquier otro punto que quieran pactar antes de la boda. Según el artículo 446 del Código Civil y Comercial, el convenio puede elaborarse para designar o valuar los bienes con los que cada uno llega al matrimonio, hacerse donaciones entre ellos, enumerar deudas que se contrajeron antes del casamiento o determinar cómo dividirán las posesiones que adquirieron en caso de que se divorcien. Pueden gestionarlo hasta dos días antes del matrimonio y para modificarlas, deben realizar otro trámite ante escribano.

 


La flamante legislación, que entró en vigencia a principios de agosto, no sólo incorporó los tratos de pareja y la unión convivencial, sino que además amplió las posibilidades a la hora de definir qué nombre tendrán los hijos, en qué orden irán los apellidos y le sumó tareas al Registro Civil, que ahora debe notificar a la Justicia cada vez que un bebé es anotado sólo por su mamá. Otro de los cambios obliga al juez de Paz a preguntar en todas las bodas, si alguien se opone a la unión del a pareja, casi como en una película de Hollywood. Los mayores de 16 años estarán autorizados a casarse siempre que cuenten con el permiso de sus padres. Y a los que tengan más de 14 les tirarán arroz si lo aprueba un juez.

 



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