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Declaran inconstitucional el DNU que redujo las indemnizaciones

Lo había firmado Macri a fines de septiembre, y cambia el cálculo en los casos de accidentes laborales.

Por redacción
| 10 de octubre de 2019
Revés judicial. El DNU de Macri cosechó dos fallos de inconstitucionalidad. Fotos: NA.

Dos juzgados de primera instancia declararon ayer inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con que el presidente Mauricio Macri modificó la forma de calcular las indemnizaciones por accidentes laborales, que en la práctica implica una reducción en los montos.

 

El primero de los fallos fue emitido por el Juzgado Nacional del Trabajo 41. En él, el juez Alejandro Segura señaló la "manifiesta inconstitucionalidad e inconvencionalidad" del decreto presidencial.

 

El fallo responde a una demanda iniciada por el periodista Miguel "Tití" Fernández por la muerte de su hija durante la cobertura del Mundial de Brasil 2014.

 

Con lenguaje inclusivo, Segura escribió usando una frase de lenguaje inclusivo: "¿Puede un DNU establecer una norma menos beneficiosa para los trabajadores? ¿Puede un DNU determinar su aplicación retroactiva?".

 

Y sentó su postura con ironía y dureza: "Voy a responder ambos interrogantes en forma negativa animado por el manifiesto carácter burdo que tiene esta norma, impropia del Estado de Derecho, seguramente urdida por personas incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General...".

 

Segura consideró que la retroactividad planteada en el decreto que redujo las indemnizaciones por accidente de trabajo o muerte viola la legislación vigente. "Si bien se puede modificar la legislación hacia adelante, es burdo hacerlo hacia atrás, viola toda jurisprudencia", dijo. "Claramente hay un cercenamiento de la cuantía indemnizatoria que no resulta conveniente para los trabajadores".

 

Por otro lado, el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo Nº 76 hizo lugar a un amparo presentado por el Colegio Público de Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que había pedido la inconstitucionalidad.

 

Ante estos fallos, la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) volvió a defender el DNU por la "exorbitancia de las tasas de interés con relación a cualquier otra variable, incluida la del salario (base sobre la cual se pagan las prestaciones) y cómo ello afecta a trabajadores, empresas y al sistema en su conjunto".

 

El 30 de septiembre pasado, el gobierno nacional dispuso reducir las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador, a través de un DNU.

 

Macri estableció, respecto del cálculo del monto de las indemnizaciones, que "a los fines del cálculo del valor del ingreso base, se considerará el promedio mensual de todos los salarios devengados por el trabajador durante el año anterior a la primera manifestación invalidante, o en el tiempo de prestación de servicio si fuera menor".

 

Además el DNU dispuso entre otros puntos que "los salarios mensuales tomados a fin de establecer el promedio se actualizarán mes a mes aplicándose la variación del índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)". Antes regía una tasa del Banco Nación, mucho más alta.

 

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