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Prorrogan hasta el 6 de agosto el "semáforo epidemiológico" en todo el país

El gobierno nacional publicó este viernes el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que extiende las restricciones vigentes frente a la segunda ola de contagios de coronavirus.

Por redacción
| 09 de julio de 2021
Foto: agencias.

A través del DNU 455/21, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el presidente Alberto Fernández prorrogó el Decreto 287/21, que faculta a cada jurisdicción a adoptar medidas teniendo en cuenta la situación sanitaria a través del denominado "semáforo epidemiológico".

 

La medida, que fue publicada en el Boletín Oficial el pasado 1º de mayo, establece cuatro fases sanitarias: zonas de bajo riesgo epidemiológico, de riesgo medio, de alto riesgo y de alarma.

 

De acuerdo con esta normativa, las zonas que se encuentren en alarma epidemiológica deberán tener restringida la circulación nocturna, prohibir las reuniones sociales y suspender las clases presenciales.

 

 

El decreto prorroga las diferentes restricciones que estaban vigentes hasta el momento y que son implementadas de manera puntual en cada distrito del país teniendo en cuenta su situación sanitaria particular.

 

El DNU, que tiene una extensión de 10 páginas, indica que al no contar hasta la fecha "con un marco legal sancionado por el Congreso Nacional para enfrentar la emergencia de COVID-19, corresponde prorrogar el Decreto N° 287/21 y el plazo establecido en su artículo 30 y sus normas complementarias, hasta el día 6 de agosto de 2021, inclusive".

 

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