Compra de ganado: cuatro empresarios deberán pagar $50 millones por cheques impagos
También deberán hacer tareas comunitarias en una iglesia de Mendoza. Los abogados de las firmas afectadas rechazaron la suspensión del juicio a prueba y el monto establecido en concepto de reparación por considerarlo muy inferior al daño ocasionado.
Cuatro inversores de Mendoza consiguieron que la Justicia aceptara una propuesta económica que hicieron en concepto de reparación por “cheques impagos” en perjuicio de firmas ganaderas y además deberán cumplir tareas comunitarias en una iglesia de Luján de Cuyo.
La jueza de Garantía N° 2, Agustina Dopazo Samper, resolvió hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba (probation) solicitada por la defensa de los imputados y dispuso un depósito de 50 millones de pesos por el daño ocasionado. La medida fue rechazada por los dos representantes de las firmas afectadas al considerar insuficiente la reparación ofrecida y desproporcionada en relación con el daño que entienden es superior a los 300 millones de pesos.
La audiencia se desarrolló este martes en la Sala de Oralidad N° 1 de la ciudad de San Luis y fue solicitada por la fiscal de Instrucción N° 5, Débora Roy Gitto, quién entendió que era procedente la aplicación de este tipo de salida alternativa.
Respecto a la negativa de los abogados querellantes, Dopazo Samper sostuvo que “no se le presentó un informe contable o fundamentación suficiente para evaluar la razonabilidad económica del monto ofrecido, y recordó que la jurisdicción penal no es el ámbito para determinar la reparación civil completa, quedando abierta esa vía para las partes que lo consideren pertinente”.
En el informe de prensa del Poder Judicial se indica que la magistrada recordó que, según el artículo 122 del Código Procesal Penal, la oposición fundada del fiscal es el único impedimento legal para otorgar la probation y este no era el caso.
El caso
La causa se originó por una deuda impaga del 1° de noviembre de 2017, vinculada a una operación por un monto inicial de $1.769.553,07 por la compra de vacunos. Por este hecho fueron imputadas cuatro personas, integrantes de un grupo empresarial hormigonero.
Según la defensa, representada por el abogado Federico Farías, la deuda actualizada ascendería a unos 10 millones de pesos, y los imputados ofrecieron pagar 50 millones de pesos en concepto de reparación, a depositarse en una cuenta judicial, además de realizar tareas comunitarias.
“Hacer justicia es dar una resolución al conflicto”
En su argumentación, Dopazo Samper enfatizó que el derecho penal es la última ratio (última opción o recurso que se debe considerar) y que las salidas alternativas, como la probation, también constituyen una forma de hacer justicia, ya que buscan “resolver conflictos y alcanzar la paz social”, no necesariamente imponer condenas. “Hacer justicia no es condenar —afirmó—, hacer justicia es dar una resolución al conflicto”.
Finalmente, dispuso suspender la causa por el plazo de dos años y seis meses, ordenar el depósito de la cifra ofrecida por la defensa reparación, y establecer el cumplimiento de tareas comunitarias por parte de los cuatro imputados en la iglesia “Cristo viene”, bajo la supervisión del pastor Juan Carlos Javier Roldán. Cada imputado deberá realizar dos horas semanales de servicio, en días y horarios fijos, bajo control del Juzgado de Sentencia, que verificará el cumplimiento de la medida.
La querrella anticipó que apelará la decisión de la jueza
Los abogados querellantes, Miguel Martínez Petricca y José Macías, rechazaron la suspensión del juicio a prueba debido a la gravedad y reiteración de los hechos y el alto perjuicio económico causado, que estimaron en más de 300 millones de pesos.
Explicaron que las personas denunciadas representan un grupo empresarial que había realizado actividades comerciales con las víctimas a través de distintas sociedades, donde se generó operaciones impagas y se transfirieron acciones a terceros insolventes, lo que configuraría una maniobra fraudulenta sofisticada.
Los querellantes cuestionaron que el ofrecimiento de 50 millones “no alcanza ni una quinta parte del daño real” y consideraron que la probation sería una forma de evadir la responsabilidad penal y civil. Por ello, solicitaron la aplicación del máximo rigor legal previsto por el artículo 172 del Código Penal, correspondiente al delito de estafa reiterada.
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