SAN LUIS - Sabado 28 de Junio de 2025

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Padre y abuela fueron obligados a cumplir con la cuota alimentaria de cuatro chicos

Fueron imputados por “Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar” y, en la misma audiencia, acordaron ponerse al día con la obligación alimentaria.

Por redacción
| 21 de mayo de 2025

Ariel Ponce y Miriam Ponce —padre y abuela de cuatro niñas y niños— fueron imputados por el presunto incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, al no cumplir con un acuerdo de cuota alimentaria homologado previamente por el Juzgado de Familia.

 

En la misma audiencia donde fueron notificados formalmente de la acusación, se homologó un acuerdo conciliatorio orientado a garantizar los derechos alimentarios de los menores.

 

La audiencia de formulación de cargos que se llevó a cabo este martes fue en el Juzgado de Garantía Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial y el juez fue Jorge Osvaldo Pinto.

 

La causa fue impulsada por la Fiscalía de Instrucción con Intervención en Contexto de Género, representada en la audiencia por la fiscal adjunta Adriana Cangelosi. También participaron Camila Sánchez, defensora adjunta de la Defensoría de Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 2, y Francisco Pérez, Defensor Oficial en lo Penal Nº 2, en representación de los imputados.

 

Según lo expuesto por la Fiscalía, los imputados habrían incumplido de forma reiterada un acuerdo vigente que establecía una obligación alimentaria en favor de los niños, situación que motivó el requerimiento formal de formulación de cargos.

 

Durante la audiencia, y a propuesta de la defensa, se alcanzó un acuerdo conciliatorio mediante el cual Ariel y Miriam Ponce se comprometieron al pago inmediato de 100 mil pesos y al cumplimiento de una cuota mensual de 250 mil pesos, con actualización semestral conforme al índice de inflación. Tanto la Fiscalía como la Defensoría de Niñez consideraron adecuado el acuerdo y solicitaron que tenga una vigencia de dos años a partir de la fecha. Para la investigación de la causa se estableció un periodo de 60 días.

 

Fuente. Prensa del Poder Judicial. 

 

 

 

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