Lo condenan a 9 años de prisión por abusar de dos niñas en un entorno de confianza
Un hombre de 67 años fue hallado culpable de abuso sexual gravemente ultrajante contra dos niñas de entre 7 y 12 años, hijas de amigos de su familia. El tribunal valoró la ruptura de confianza como agravante.
Un tribunal del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial condenó este viernes a un hombre de 67 años a 9 años y 3 meses de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de dos niñas. El fallo fue dictado de manera unánime por la presidenta María Eugenia Zabala Chacur y los jueces Ariel Gustavo Parrillis y Hugo Guillermo Saa Petrino, tras escuchar los alegatos de todas las partes.
El caso se originó en agosto de 2021, cuando los padres de las víctimas radicaron la denuncia luego de que una de las niñas relatara lo sucedido. El vínculo de confianza fue un eje clave: el acusado era considerado como un “hermano de la familia”, e incluso las menores lo trataban como un “tío”.
Los jueces absolvieron al imputado respecto de un tercer hecho, tras declarar prescripta la acción penal, pero confirmaron su responsabilidad por los abusos cometidos contra las otras dos niñas. Según testimonios, los episodios ocurrieron en distintos espacios de la casa, como la pieza, el comedor o la pileta, siempre bajo la apariencia de juegos y en contextos cotidianos.
El fiscal de Juicio 2, Fernando Rodríguez, destacó que las pericias psicológicas confirmaron las secuelas emocionales: ansiedad, depresión, ataques de pánico y trastornos alimenticios. Además, remarcó que no hubo otros traumas que expliquen las afecciones detectadas.
El Defensor Adjunto de la Niñez, Nahuel Lede Zajic, subrayó la importancia probatoria de los relatos infantiles en delitos de abuso intramuros y adhirió a la pena solicitada por la Fiscalía, que pedía 14 años de prisión. Las abogadas querellantes, Fernanda Pereyra Jamenson y Estrella Marín, fueron más allá y reclamaron 20 años, con enfoque de género y niñez.
La defensa, en cambio, pidió la absolución por beneficio de la duda y, en caso contrario, una condena mínima de seis meses por abuso simple. El tribunal rechazó ese planteo y estableció la pena de 9 años y 3 meses, considerando como agravantes la edad de las víctimas, la confianza traicionada y la extensión del daño causado.


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