17°SAN LUIS - Martes 09 de Septiembre de 2025

17°SAN LUIS - Martes 09 de Septiembre de 2025

EN VIVO

No permiten que el nombre Fuerza Patria se use por fuera del Partido Justicialista

La Cámara Nacional Electoral dispuso que ningún sector podrá usufructuar la representación de "Fuerza Patria" en San Luis por riesgo a generar confusión en el electorado e inducir al error. 

Por redacción
| Hace 6 horas

En una decisión que marca un precedente sobre el impacto de las nuevas tecnologías en la competencia electoral, la Cámara Nacional Electoral revocó una resolución que había autorizado a una alianza transitoria a utilizar el nombre “Fuerza Patria San Luis” para competir en las elecciones generales del 26 de octubre de 2025.

 

La alianza, conformada por el Partido Comunista, el Partido de la Victoria y el Frente para la Victoria, había obtenido inicialmente el reconocimiento del juez electoral de San Luis. Sin embargo, el Frente Justicialista del mismo distrito, representado por sus apoderados, apeló la medida argumentando que el nombre “Fuerza Patria” es utilizado en múltiples provincias por alianzas donde la “columna vertebral” es el Partido Justicialista. Alegaron que, en la era de la hipercomunicación, permitir su uso generaría un “riesgo cierto de confusión” en el electorado, llevando a que los votantes sufraguen “por error” y afectando la “genuina expresión de la voluntad política”.

 

La Cámara hizo lugar al recurso y fundamentó su decisión en un aspecto crucial: el nuevo paradigma de la comunicación digital.

 

El fallo destaca que “el contexto actual aceleró los tiempos de circulación y difusión de la información”, con “nuevas formas de construcción de sentido sustancialmente distintas a las de los medios tradicionales”. Señala que “no existen barreras que bloqueen la información de un distrito en otro” y que “el desarrollo de las campañas electorales transcurre, tanto o más que en radio y televisión, en las redes sociales y plataformas digitales”.

 

La Cámara citó doctrina, acordadas y reglamentos internacionales para sostener que la tecnología digital es “no-geográfica, descentralizada” y que “las nuevas tecnologías permiten la proliferación de la información a un ritmo que traspone los límites territoriales”. Decidir de otro modo, afirmó, “importaría desconocer la realidad actual”, lo que conduciría a “una evidente confusión del electorado” e incluso podría provocar que el votante emita “su voto en sentido diverso de su verdadera intención”.

 

La Cámara Electoral coincidió con el dictamen del señor fiscal de la instancia, quien advirtió que no hacer lugar al reclamo importaba un “riesgo cierto de confusión ideológica”, ya que el nombre en disputa podría interpretarse como un intento de identificarse con una representación política ajena.

 

Consecuencia inmediata: La alianza conformada por el Partido Comunista, el Partido de la Victoria y el Frente para la Victoria deberá adecuar su nombre y no podrá utilizar la denominación “Fuerza Patria San Luis” para la campaña electoral.

 

Este fallo sienta un principio fundamental para la política en la era digital: la ley electoral debe adaptarse para garantizar la claridad y evitar la confusión en un ecosistema mediático donde la información circula de manera masiva, instantánea y sin límites geográficos.

 

LA MEJOR OPCIÓN PARA VER NUESTROS CONTENIDOS
Suscribite a El Diario de la República y tendrás acceso primero y mejor para leer online el PDF de cada edición papel del diario, a nuestros suplementos y a los clasificados web sin moverte de tu casa

Temas de nota:

Suscribite a El Diario y tendrás acceso a la versión digital de todos nuestros productos y contenido exclusivo