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Causa de exministros de Seguridad: denuncian que siguen activas las restricciones anuladas

La defensa cuestiona que no se enviaron los oficios para hacer efectivo el cese de las medidas y reclama su cumplimiento

Por redacción
| Hace 1 hora

La orden de hacer cesar las restricciones sigue sin traducirse en su levantamiento efectivo, según denunció la defensa en la causa que involucra a tres exministros de Seguridad de San Luis. El cuestionamiento apunta a la falta de oficios a la Policía y a los registros públicos para comunicar el fin de las medidas personales y patrimoniales cuya prórroga fue anulada por el Tribunal de Impugnaciones.

 

El expediente alcanza a Ernesto Nader Alí, Luciano Anastasi y Juan Claudio Latini, quienes estuvieron al frente de Seguridad durante el gobierno de Alberto Rodríguez Saá, y a los exintendentes Jeremías Adrián Vivas y Mario Canali. La investigación se originó en una denuncia de Nancy Sosa por presuntas irregularidades en convenios y adelantos financieros para obras en dependencias policiales que, según la acusación, no se habrían ejecutado.

 

La controversia actual tiene como antecedente la decisión del tribunal revisor de anular la prórroga de las medidas contra Latini y Vivas y ordenar su cese inmediato. Los camaristas cuestionaron que la jueza de Garantías Luciana Banó hubiera advertido a la Fiscalía sobre el vencimiento de las restricciones y consultado si solicitaría su continuidad. Entendieron que esa intervención suplió una omisión del órgano acusador y afectó la imparcialidad objetiva.

 

Ahora, la defensa sostiene que el cumplimiento de aquella decisión continúa pendiente en un aspecto central: las comunicaciones necesarias para que las restricciones dejen de operar ante los organismos que las registraron. Según su planteo, esa omisión mantiene efectos sobre la libertad ambulatoria y el patrimonio pese a que las medidas perdieron sustento judicial.

 

El conflicto también derivó en recusaciones contra Banó por temor fundado de parcialidad. Las presentaron Alejandro Cordido y Nélida Estrella Marín, por Vivas, y Nedo Gómez, por Alí. En un informe fechado el 7 de septiembre, la magistrada defendió su actuación y solicitó al Colegio de Jueces que rechace los planteos. Ese escrito no constituye una resolución definitiva sobre su apartamiento.

 

Banó sostuvo que los pedidos de la defensa estaban radicados en otra actuación del expediente y que no integraban el objeto sobre el cual debía pronunciarse al fijar la audiencia cuestionada. También argumentó que convocar a una audiencia solicitada por la Fiscalía no implica favorecerla ni anticipar una decisión sobre las medidas.

 

Respecto de la demora denunciada, afirmó que la recusación no es la vía adecuada para remediarla y señaló que existe la posibilidad de pedir un pronto despacho. Además, explicó que suspendió la audiencia para evitar cuestionamientos sobre actuaciones posteriores mientras se tramita el pedido de apartamiento.

 

Sin embargo, su informe reproduce una posición fiscal que expone el centro de la disputa. El Ministerio Público consideró que las restricciones registrales y de salida de la provincia “se encontrarían vigentes” porque no constaban oficios que solicitaran su levantamiento, pese a la resolución del tribunal revisor.

 

Para la defensa, esa situación invierte los efectos de la orden judicial: la falta de comunicaciones termina sosteniendo en los hechos aquello cuyo cese ya fue dispuesto. El informe de Banó no acredita que esos oficios hayan sido librados.

 

La defensa aseguró además que la Fiscalía volvió a pedir una audiencia después de la suspensión. Advirtió que mantener restricciones por falta de instrumentación de su levantamiento podría sentar un antecedente grave y lo comparó con el riesgo de demorar la libertad de una persona cuya prisión preventiva hubiera cesado.

 

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