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Quedó aprobada la nueva Ley de Teletrabajo

La normativa, impulsada en el contexto de pandemia y que establece una serie de principios generales para la nueva modalidad laboral, contó con 40 votos a favor y 30 en contra.

Por redacción
| 30 de julio de 2020
La nueva ley busca darle un marco a la nueva modalidad que se extendió durante la pandemia. Foto: Internet.

El oficialismo aprobó este jueves en el Senado y convirtió en ley el proyecto para regular el teletrabajo, en una votación dividida y con objeciones de la oposición por la negativa a modificar la redacción de la nueva norma.

 

La ley fue aprobada con 40 votos a favor y 30 en contra, luego de un debate de poco más de tres horas, en el que el Frente de Todos justificó el avance en la sanción de la ley sin modificaciones y Juntos por el Cambio criticó la ausencia de correcciones.

 

La nueva norma establece una serie de principios generales para la nueva modalidad laboral —extendida durante la pandemia de COVID-19 y el aislamiento— y deja las regulaciones específicas en manos de los convenios colectivos de cada sector.

 

Entre las objeciones de la oposición, coincidentes con las de las cámaras empresariales, se encuentra el punto de la ley referido a la reversibilidad, que habilita al trabajador en modalidad remota a volver a su puesto presencial cuando así lo quiera, sin que el empleador pueda poner reparos.

 

 

La ley entrará en vigor pasados los 90 días contados desde la finalización del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

 

 

 

La nueva ley busca darle un marco a la nueva modalidad que se extendió durante la pandemia con el fin de garantizar el mismo trato para los empleados que opten por realizar sus tareas a distancia que el que tienen quienes desempeñan tareas de modo presencial.

 

La ley entrará en vigor pasados los 90 días contados desde la finalización del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para darle un margen de tiempo a los empleadores a adecuarse a las mayores exigencias que demandará el nuevo marco normativo.

 

Este período de adaptación hasta que entre en vigencia la ley fue una de las razones por las que los senadores de la oposición votaron en contra tras la negativa del oficialismo a hacerle cambios.

 

La nueva norma señala que la prestación laboral a distancia es voluntaria y no puede ser impuesta por el empleador, al tiempo que agrega: "En los contratos que se pacte la modalidad de teletrabajo al inicio de la relación, el eventual cambio a la modalidad presencial operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva".

 

Las personas que se desempeñen bajo la modalidad remota "gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración será la correspondiente al convenio colectivo de trabajo, no pudiendo ser inferior, en su caso, a la que percibía o percibiría bajo la modalidad presencial".

 

A su vez, establece el principio de "reversibilidad", según el cual el teletrabajador podrá revertir esa modalidad cuando quiera volver al trabajo presencial, un punto que fue de los más criticados por los empresarios, que consideran que esto choca con la capacidad de dirección y organización que compete a los empleadores.

 

 


Las personas que se desempeñen bajo la modalidad remota gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial .

 

 

 

Por otra parte, la ley establece que "el empleador debe proporcionar el equipamiento —hardware y software—, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja".

 

El proyecto también señala que el trabajador a distancia "tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar", y "dicha compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva, y quedará exenta del Impuesto a las Ganancias".

 

Por otra parte, garantiza el "derecho a la desconexión" del empleado remoto cuando se encuentre fuera de su jornada laboral o durante los períodos de licencias, al tiempo que el empleador tendrá prohibido "remitirle comunicaciones por ningún medio" en esos períodos.

 

En cuanto a las tareas de cuidados, se establece que quienes "acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada".

 

NA.

 

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