Por primera vez emiten condena en un juicio por "pornovenganza"
El imputado fue sentenciado a 5 años de prisión por el delito de “Coacción y lesiones leves calificadas” y la difusión de material sexual íntimo de su expareja.
Este miércoles, el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja condenó a cinco años de prisión a Patricio Pioli, conocido como "El tatuador", por el delito de "Coacción y lesiones leves calificadas" en contra de su expareja, en lo que fue el primer juicio oral en la Argentina por la difusión de material sexual íntimo, tipificado en el Código Penal como "pornovenganza".
Pioli fue condenado entre otros delitos por haber ejercido violencia de género contra Paula Sánchez Frega, y por filtrar fotografías y videos íntimos tomados por este cuando tenía una relación con ella. Este caso fue clave para la Reforma del Código Penal y la inclusión de la "pornovenganza" o "pornoextorsión" como delito informático. Es el único que llegó hasta el momento a juicio oral y con una condena de cumplimento efectivo. Además, Pioli deberá pagar las costas del juicio.
Así lo resolvió el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional, presidido por la jueza Edith Agüero junto a los magistrados María Petrillo y Fernando Romero, que tuvieron a su cargo el juicio de un hecho denunciado en el 2017, que sirvió de base para incluir esta figura como delito informático en la Reforma del Código Penal.
Pioli fue denunciado por Sánchez Frega por violencia de género y amenazas de difusión de material íntimo luego de finalizar su relación en el año 2016. La mujer dijo que había padecido durante y después de su relación, permanentes episodios de violencia de género contra ella y también contra sus mascotas, y que fue revictimizada por Pioli por hacer público un hecho de su intimidad.
Télam/RO
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