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Diputados transformó en ley el Programa de Reactivación Productiva

La iniciativa del Gobierno fue aprobada de manera unánime. Fomenta créditos blandos y beneficios impositivos.

Por redacción
| 04 de agosto de 2021
El proyecto tenía media sanción de Senadores y obtuvo 36 votos afirmativos. Foto: Carlos Braile

La Cámara de Diputados provincial convirtió en ley este miércoles el Programa de Reactivación Productiva Provincial que ya contaba con media sanción de Senadores. La votación fue unánime ya que votaron a favor los 36 legisladores presentes en el recinto.

 

La nueva ley fomenta créditos blandos y beneficios impositivos para los comercios y la industria local y fue presentado por el gobernador Alberto Rodríguez Saá durante su mensaje el 1º de abril en la Legislatura provincial.

 

La intención del Gobierno es contribuir mientras dure la pandemia a la recuperación de la economía de la provincia de San Luis, y para eso ofrece entregar créditos de hasta un millón de pesos y a la vez eximir del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los grandes contribuyentes que realicen inversiones.

 

También beneficiar a los contribuyentes más pequeños que hayan disminuido sus ingresos en más de un 20% comparado con lo declarado en 2019 en relación con 2020.

 

La iniciativa está destinada a quienes realicen inversiones que aumenten su capacidad productiva y/o generen nuevos puestos de trabajo.

La diputada Anabela Lucero, miembro informante, señaló que "con esta iniciativa se prevé acompañar aproximadamente a 8.500 beneficiarios, los cuales podrán acceder al beneficio de manera sencilla y rápida. De hecho al ingresar con su clave fiscal recibirán un aviso en donde se les confirmará si pueden o no ser beneficiarios". 

 

Lucero señaló además que "se estima que con esto la Provincia estará realizando una inversión de hasta 5.000 millones de pesos. Confiamos en que esta gran ayuda económica es una demostración de apoyo a la producción y a la economía provincial". 

 

La nueva herramienta tiene por objeto eximir del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los contribuyentes que revistan la calidad de directos, cuyos ingresos anuales declarados en el período fiscal 2020, sean gravados, no gravados o exentos y sin considerar la incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA), no superen la suma de 29 millones de pesos.

 

Podrán acceder al beneficio los contribuyentes antes detallados, cuyas Bases Imponibles para el período fiscal 2020 respecto de 2019 declaradas con anterioridad al 30 de junio de 2021 se hayan visto disminuidas en un importe no menor al 20% en términos reales.

 

Redacción/ MGE

 

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