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En dos años se realizaron casi 2 mil abortos legales en San Luis

Las estadísticas son para el sistema público de salud. Cerca del 95% de las prácticas son ambulatorias.

Por redacción
| 09 de enero de 2023
Práctica. Informaron que en la provincia hay más de 30 treinta centros de salud que garantizan esta prestación. Foto: El Diario.

El Ministerio de Salud de San Luis informó que se reportaron casi 2 mil abortos legales en la provincia desde que fue sancionada hace dos años a nivel nacional la Ley de Interrupción Legal (ILE) y Voluntaria (IVE) del Embarazo. Indicaron que todos fueron realizados en el sistema público, mientras que a nivel privado no hay estadísticas registradas. La jefa del Programa Salud y Reproducción Sexual, Yolanda Bertazzo, señaló que la mayoría de estas prácticas se realizan de manera ambulatoria, es decir que la persona gestante se hace el tratamiento por su cuenta y de manera individual.

 

La ley regula el acceso a interrumpir voluntariamente y de manera segura embarazos de hasta catorce semanas de gestación en mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar. Según detalla el Artículo 4, si esta práctica se hace fuera de esa edad gestacional, la persona tiene derecho a decidir pero bajo un causal, como si el embarazo fue producto de una violación, con la declaración jurada de la misma (en el caso de las niñas menores a 13 años, la declaración no es solicitada), y si estuviera en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

 

“En 2021 tenemos registrado a nivel público 824 abortos legales IVE e ILE, y en 2022 hasta el momento nos informaron 1.161. El 95% de estas prácticas suelen ser ambulatorias, lo que quiere decir que la persona se lo hace por sí sola en su domicilio. No interviene nada quirúrgico; se le da el comprimido”, aseguró Bertazzo.

 

Para que las personas puedan acceder a la interrupción, los profesionales primero deben confirmar que el embarazo existe. Le otorgan un test a la paciente y si da positivo es derivada para realizarse una ecografía para corroborar la edad gestacional. “Una vez que hacemos este procedimiento, pasa a una consejería en intimidad para atenderla individualmente. Esto tiene que ser así en todos los centros de salud”, dijo la funcionaria.

 

La Ley nacional 27.610 determina que previo a la realización de la interrupción voluntaria del embarazo "se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito. Nadie puede ser sustituido en el ejercicio personal de este derecho".

 

“Cuando sabemos que el embarazo está por debajo de las 14 semanas cumplidas, le indicamos los comprimidos para que pueda hacer la interrupción en su domicilio. Le pedimos a la persona que no esté sola en su casa. Le indicamos también los síntomas que causan las pastillas, le informamos sobre los signos de alerta y si sale todo bien la citamos en diez días para hacerle un control ecográfico posterior, para ver si quedó todo normal”, señaló Bertazzo.

 

Además, la profesional de la salud explicó que la Provincia tiene disponibles distintos tipos de comprimidos, como misoprostol 200 mg, que es enviado desde el Ministerio de Salud de la Nación junto con un tratamiento que combina mifepristona. Además, San Luis realiza una producción propia de comprimidos de misoprostol de 400 mg. Aclararon que el tratamiento que se otorga depende del caso y de la persona gestante.

 

Bertazzo explicó que en San Luis hay unos noventa hospitales y centros de salud, y de ellos más de treinta garantizan la prestación para interrumpir el embarazo de manera legal: “Es un derecho y la ley dice que tiene que abarcar todas las obras sociales de los sectores público y privado. Además, debe ser sin costo alguno y totalmente gratuito. Todavía hay obras sociales que no se adhirieron, por eso se debería denunciar en caso de no recibir atención”.

 

No existen estadísticas en San Luis sobre la interrupción legal del embarazo en el sector privado. Algunas clínicas y profesionales se declararon objetores de conciencia. En ese caso, y como lo contempla la ley, pueden mantener su decisión, pero si llega un paciente solicitando la prestación, debe ser derivado a otro centro de salud privado (la derivación o el traslado debe correr por cuenta de la clínica que lo hace). A su vez, tampoco puede negarse la atención en caso de un posaborto o realizar la práctica en el caso de que la vida o la salud de la persona gestante esté en peligro y requiera de atención médica inmediata.

 

Bertazzo señaló que hace muchos años que en la provincia no se registra la muerte de una persona por un aborto clandestino. "Creo que desde 2012. Esto también nos da una pauta de que hay muy pocos abortos clandestinos y ahora con la ley, menos", aseguró.

 

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