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Obra pública: un fallo que reconoció el grave perjuicio de la cautelar

La resolución del Superior Tribunal explicitó la crisis institucional de la acción de Poggi. 

Por redacción
| 14 de octubre de 2023
Alcance. El dictamen indicó que la cautelar afectaba el interés general. Foto: El Diario.

La resolución del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que el jueves dispuso suspender la medida cautelar interpuesta por Claudio Poggi, que desde el 2 de octubre paralizaba las licitaciones, contrataciones, adjudicaciones y la ejecución de la obra pública en la provincia, reconoció la “gravedad institucional” que había generado esta acción y el perjuicio profundo que producía a los puntanos. El gobernador de San Luis, Alberto Rodríguez Saá, cifró la pérdida provocada por el parate en los proyectos de infraestructura en unos 5 mil millones de pesos. 

 

En los considerandos del dictamen del STJ, que dispuso admitir el recurso extraordinario por salto de instancia, solicitado por la Fiscalía de Estado tres días después del fallo inicial de la jueza laboral Nº 2 María Eugenia Bona, se reconoció la grave crisis institucional que generaba una medida de esta naturaleza, “pues excede el interés de las partes y se proyecta sobre el interés general, comprometiendo las instituciones básicas del sistema republicano de gobierno y la organización constitucional provincial y nacional, en la medida que la precautoria avanza ilegítimamente sobre atribuciones reservadas exclusivamente al Poder Ejecutivo en funciones y no respeta la división de poderes”.

 

El dictamen explicita que la cautelar impedía la continuidad del plan provincial de obras públicas previsto, presupuestado y aprobado oportunamente por el Poder Legislativo “con los consecuentes perjuicios económicos que una medida de esa envergadura trae aparejado al Estado provincial, quien, de una parte, deberá asumir las consecuencias frente a los terceros adjudicatarios de las obras licitadas y, de otra, perderá los fondos comprometidos por el Estado nacional para la ejecución de las obras”.

 

Uno de los problemas que entrañaba la cautelar de Poggi era que suponía una medida genérica, imprecisa y que englobaba una gran cantidad de obras indeterminadas, “con serio compromiso de la función administrativa del Estado provincial que no admite ser discontinuada bajo pretexto de cambio de gobierno, porque se desabastecería el normal funcionamiento de los servicios públicos básicos en materia de salud, transporte, infraestructura, comunicación”.

 

“Los amplios términos en los que está concebida la medida, produce en los hechos una completa paralización de la obra pública”, reza el texto en otro de sus pasajes.

 

Además, el documento enumeró en detalle los daños que la medida de suspensión generó en la economía puntana: 1) pérdida de ingresos de los trabajadores vinculados a la obra pública; 2) pérdida de ingresos en los proveedores de materiales; 3) pérdidas económicas en las empresas comitentes; 4) afectación del comercio interno por disminución del circulante monetario; 5) pérdida definitiva del financiamiento nacional ante la imposibilidad de ejecutar las obras previamente consensuadas entre Nación y Provincia; y 6) pérdida de la obra en sí.

 

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