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Las multas por manejar alcoholizado pueden alcanzar los $2.400.000

Las sanciones incluyen, además, la inhabilitación de la licencia de 1 a 12 meses y la retención vehicular.

Por redacción
| 02 de enero de 2024
La reglamentación de la ley prevé graves sanciones como la retención de la licencia de conducir y del vehículo, inhabilitación para el conductor. Foto: internet.

Con la vigencia de la Ley de Alcohol Cero, desde diciembre, en las rutas y caminos rige la prohibición absoluta de combinar las bebidas etílicas con el volante. De transgredir la norma, los conductores a los que se les realice el test y den positivo afrontarán multas que van de los $243.000 hasta casi $2.400.000, dependiendo de la graduación alcohólica en sangre detectada. Las sanciones incluyen, además, la inhabilitación de la licencia de 1 a 12 meses y la retención vehicular.

 

Para quienes manejen con hasta 200 miligramos de alcohol en sangre, la multa va de las 300 a 400 Unidades Fijas (UF), cada una equivalente al precio de mercado un litro de nafta de mayor octanaje, que en la actualidad cuesta entre $769 a $812. En este caso la norma establece que se puede obtener hasta un 50% de reducción del monto de la sanción si se paga voluntariamente dentro de los cinco días hábiles. A su vez, se le retiene la licencia de conducir al automovilista, que no podrá manejar por un mes. De todas maneras, podrá solicitar el permiso para un conductor alternativo para el vehículo.

 

Si el alcohol en sangre va de los 201 miligramos, pero no supera los 500 miligramos, la sanción asciende de 400 a 500 UF, con el beneficio también de una rebaja del 50% en el pago de la sanción monetaria y el permiso para conductores alternativos. Por otro lado, también se le retiene la licencia de conducir, pero la inhabilitación se extiende a dos meses. Estas condiciones se mantienen de 501 miligramos a mil miligramos con una multa que va de 500 a 1.000 UF y una inhabilitación de cuatro meses.

 

En los dos últimos casos la infracción se endurece con la retención del vehículo. De 1.001 a 1.500 miligramos la multa va de 600 a 1.500 UF y la inhabilitación se extiende a cinco meses; y de 1.500 miligramos en adelante la multa es de 1.500 a 3.000 UF, con una inhabilitación de doce meses. En estos casos más graves, la asignación del auto a un conductor alternativo es posible solo con los controles pertinentes.

 

Si un conductor se niega, la multa se extiende a 1.000 UF, cuatro meses de inhabilitación y la retención del vehículo. En caso de infracción, a los conductores profesionales en ejercicio de su función se les aplicará la multa más alta. A su vez, establece que la UF se actualizará semestralmente.

 

ALG

 

 

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