SAN LUIS - Viernes 27 de Junio de 2025

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Rechazaron el desalojo de una mujer de una casa; su ex la había vendido sin su permiso

En un fallo con perspectiva de género, una jueza no hizo lugar al planteo de un hombre que había comprado una vivienda, que todavía era habitada por la expareja del vendedor.

Por redacción
| 02 de noviembre de 2024
Tribunales de Villa Mercedes. El veredicto fue tomado por la jueza Cynthia Alcaraz Díaz del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental 3. Foto: El Diario.

Hace poco más de siete años un hombre adquirió una casa en Villa Mercedes, con la pretensión de mudarse de su localidad hasta la ciudad de la Calle Angosta. Se la compró de manera directa al dueño de la vivienda, a sabiendas de que en el lugar todavía residía la expareja del vendedor, la cual no tenía intenciones de irse de allí. Como la idea del comprador no era trasladarse de forma inmediata, pensó que en el tiempo que le quedaba lograría convencer a la mujer de entregar el inmueble. Eso no pasó y se fueron hasta la Justicia para que el problema se dirimiera en los Tribunales. Esta semana una jueza dio su veredicto. A través de un fallo con perspectiva de género, resolvió no hacer lugar al planteo del hombre y rechazó el desalojo porque la demandada jamás prestó su consentimiento para la venta de la vivienda.

 

 

La resolución tomada por la jueza Cynthia Alcaraz Díaz, del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental 3, además fue confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Ambiental, Niñez, Adolescencia, Violencia y Laboral, Sala Civil, compuesta por las juezas María N. Chada y Teresa de L. Maletto. La magistrada se basó en el Artículo 456 del Código Civil de la Nación, el cual establece que "ninguno de los cónyuges puede, sin el asentimiento del otro, disponer de los derechos sobre la vivienda familiar, ni de los muebles indispensables de ésta, ni transportarlos fuera de ella".

 

 

El demandante relató que había adquirido la casa en julio de 2017. Dijo que el inmueble era del hombre a quien se lo compró, el cual lo poseía desde antes de contraer matrimonio con la mujer. El lugar constituyó el hogar conyugal en el que transcurrió "la vida familiar de ella a través de muchos años", determinó Alcaraz Díaz.

 

 

Las magistradas Chada y Maletto también resaltaron la necesidad de que la causa fuera tratada con perspectiva de género "siendo que lo que se debate es el desalojo de la vivienda en la que la demandada ingresó a vivir con fundamento en la convivencia familiar y posterior matrimonio".

 

 

 

 

 
 

 

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