SAN LUIS - Lunes 13 de Mayo de 2024

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En la Defensoría del Pueblo se pueden realizar los reclamos

Enrique Ponce dijo que el usuario es el eslabón más débil y que el pago extra es inconstitucional.

Por Matías García Elorrio
| 28 de abril de 2024
Derecho. Señalan que los afiliados muchas veces no saben cómo ni dónde pueden reclamar. Foto: Shutterstock

Si bien aclaró que hasta el momento no ha recibido ningún reclamo de afiliados a prepagas u obras sociales sobre el cobro de copagos, el defensor del Pueblo, Enrique Ponce, dijo que la entidad puede recibirlos porque son intereses de alcance general y en defensa de los derechos del consumidor y del usuario. "La legitimación activa de la Defensoría está dada por una ley provincial que reglamenta la ley nacional de Defensa del Consumidor, con lo cual estamos habilitados para promover los pedidos de informes, recomendaciones o accionar conforme a lo que fije la ley”, afirmó.

 

También agregó que “en la mayoría de las veces la gente no sabe que puede reclamar ni a quién reclamarle. Porque el médico le informa al paciente que lo debe pagar con un cartelito en el consultorio y la persona le paga. Y después ni sabe adónde puede reclamar por ese pago extra. Porque lo que hacen los médicos es sacar una resolución a través de su colegio profesional donde dicen que ellos han decidido por equis motivos empezar a cobrar un copago. Y lo que tampoco estoy viendo es que haya una intervención de las autoridades de aplicación, aunque estimo que debería ser el Ministerio de Salud. Hasta donde yo conozco, ese pago extra no está regulado en ningún contrato”.

 

Sobre el caso puntual de aquellas personas que quieran reclamar por el cobro de esos coseguros, señaló que es similar o equiparable a otros derechos que hay respecto a obras sociales, prepagas y también a cuestiones que tienen que ver con los seguros de automotores. "Sobre todo cuando llegan cuotas que son confiscatorias que están por encima de los valores de inflación o que han sido tomados de manera discrecional”, dijo.

 

Ponce recordó que hay varios precedentes que se vienen generando en varios juzgados donde se les da la razón a los usuarios y se obliga a los entes privados a formular los cálculos de los cobros de manera tal que sean accesibles para el usuario. También explicó que “si se reconoce una deuda, un convenio o un contrato prepartes, pero la imposición de valor está por encima de la razonabilidad y se configura arbitrario o confiscatorio, hace que tenga que haber una acción para resguardar ese derecho del consumidor”.

 

El abogado señaló que ambos reclamos pueden hacerse tanto en la oficina de Defensa del Consumidor como en la misma Defensoría. “También se puede llegar a la instancia judicial, porque muchas veces los usuarios no recurren a ningún órgano sino buscando un abogado y enviando una carta documento. Y si no tienen respuesta porque es una gran deuda que se ha vuelto impagable, se recurre a la Justicia”.

 

Entre los argumentos que los damnificados pueden esgrimir a la hora de hacer el reclamo está el hecho de que el afiliado a una obra social o prepaga ya abona un importe que hasta hace pocos meses cubría la totalidad de la consulta médica: “Es dentro del ámbito privado, porque se trata de un copago que aplica el profesional o la clínica porque le resulta insuficiente el aporte que le hace la obra social. Indudablemente, es una afectación de la salud porque lo están mercantilizando y le están pidiendo al usuario, que es el eslabón más débil de la cadena, porque es quien tiene la enfermedad y requiere del tratamiento, que se haga cargo de ese pago extra. Para mí, eso es completamente inconstitucional”.

 

Para comenzar un reclamo en la Defensoría del Pueblo hay que entrar a la página de la institución www.defensoria.sanluis.gov.ar y luego, ingresar en la pestaña “hacé tu reclamo”.

 

Allí se hace la presentación y luego, el equipo de profesionales estudia el caso y toma intervención. “Primero se estudia el reclamo concreto y con base en eso vemos el marco normativo y pedimos intervención en caso de que correspondiera. Podemos hacer requerimientos, instar, recomendar o pedir a otras autoridades de aplicación para que tomen cartas en el asunto”, contó Ponce.

 

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