De inquilinos a supuestos dueños: la trama para quedarse con una casa en Juana Koslay
Tras sostener públicamente que eran "cuidadores" arraigados por más de dos décadas, una familia intentó apropiarse de un inmueble. La Justicia desacreditó la maniobra.
Tras años de litigio, la Cámara de Apelaciones ratificó de manera unánime la sentencia que ordena el desalojo compulsivo de la familia Bizzotto de una propiedad ubicada en Juana Koslay.
La medida judicial desarticula de forma definitiva la maniobra que los ocupantes habían montado para quedarse con la vivienda, utilizando un relato público donde alegaban supuestos derechos posesorios por haber habitado el lugar durante más de dos décadas y haber brindado cuidados a la antigua propietaria.
Según indicaron fuentes judiciales, de acuerdo con el expediente tramitado originalmente ante el Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de San Luis, bajo la firma del juez Fernando Alberto Spagnuolo, la verdadera historia que sustenta la causa penal y civil es sustancialmente distinta.
Las pruebas presentadas por la parte damnificada demostraron que el legítimo titular del inmueble es Jorge Arturo Pérez , quien recibió la propiedad como un adelanto de herencia por parte de sus padres, Roque Pérez y Carmen Rodríguez, en el año 2000.
El caso
La trama para intentar apropiarse del bien se remonta a los primeros años de la década del 2000, cuando Jorge Pérez se trasladó a los Estados Unidos por motivos laborales. En ese lapso, la familia Bizzotto ingresó al predio —el cual cuenta con un extenso terreno y salida posterior hacia el Pasaje Los Hornos — bajo un contrato de alquiler formalizado para habitar uno de los departamentos de la parte trasera.
Fuentes judiciales confirman que los demandados pagaron el canon correspondiente solo durante los primeros tres años (estimativamente). Con el paso del tiempo y el avance de la edad de Carmen Rodríguez, se les permitió continuar residiendo de manera precaria y gratuita por razones humanitarias para evitar que el fondo quedara desprotegido , pero bajo ninguna circunstancia existió una relación contractual de cuidadores.
El abogado del denunciante, Oscar Alberto Tuninetti —quien continuó la conducción del proceso iniciada originalmente por Raúl Di Gennaro y comparte la representación con el Dr. Marcelo Shortrede — detalló en diálogo con El Diario de la República que el dueño jamás se desentendió de la vivienda.
Tras el fallecimiento de Carmen en 2006, y al notar la negativa sistemática de los inquilinos a devolver la propiedad , se promovió la demanda de desalojo en el año 2017 , frenando legalmente cualquier intento de consolidar una posesión veinteañal que les permitiera quedarse con el lugar.
La resolución judicial de primera instancia de marzo de 2025 , ahora ratificada por el tribunal de alzada tras un año de análisis, ponderó actas de mandamientos policiales y de constatación civil en las cuales los propios ocupantes habían reconocido ante los oficiales de justicia su calidad de "cuidadores" o inquilinos, lo que jurídicamente destruye la farsa de actuar como dueños.
El fallo advierte que no basta con invocar de palabra la condición de poseedor para adueñarse de un inmueble ajeno, sino que se debe acreditar fehacientemente, algo que la defensa no pudo sostener con pruebas idóneas.
Según puntualizó Tuninetti, todos los hechos resultaron sumamente complejos para el dueño original debido al daño económico derivado de la imposibilidad de disponer de su casa.
Además, la osadía de los ocupantes por explotar comercialmente el predio sumó aristas delictivas graves: se constataron el desmantelamiento de la casa principal del frente y la tramitación de una denuncia penal por estafa , debido a que la familia Bizzotto llegó al extremo de transferir y vender de mala fe supuestos derechos posesorios inexistentes a terceras personas sobre la edificación principal del predio.
Con la sentencia firme y los plazos procesales agotados, la Justicia fijó un término estricto de diez días para que la totalidad de los ocupantes desalojen el predio libre de pertenencias, bajo el inminente apercibimiento del uso de la fuerza pública.
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