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Villa Mercedes: fijan un tiempo de espera máxima en los comercios de cobro y pago

Por redacción
| 03 de diciembre de 2016
Buscan mejorar el trato de los clientes, que puedan usar los sanitarios del lugar y no esperen bajo cualquier clima. Foto: José Sombra

El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad una normativa que pretende terminar con el dolor de cabeza de quienes deben ir al banco o a otro lugar a cobrar o pagar impuestos. Por medio de la ordenanza 760 buscan garantizar los derechos de los consumidores: que no deban esperar más de treinta minutos en ser atendidos, que tengan prioridad las embarazadas, los discapacitados y los adultos mayores; que puedan acceder a los sanitarios de manera gratuita mientras aguardan y que no soporten más las condiciones climáticas extremas, como lluvia, frío o calor agobiantes, por hacer cola afuera de cada establecimiento.
La normativa instruye la espera de media hora como máximo y propone que cada entidad habilite un sistema de turnos, que puede ser online como el que tiene ANSeS para que los clientes no tengan que estar tres o cuatro horas antes, cada vez que concurre a hacer un trámite. "La idea es implementar las nuevas tecnologías para prestar mejor servicio a la gente, que les garanticen a nuestros padres y abuelos que vayan a cobrar o a pagar en un tiempo prudencial. Que los establecimientos inviertan en eso de manera que la gente use su tiempo en lo que desee, ya que no tiene por qué ser usado por la ineficiencia o falta de consideración que tienen algunos establecimientos", consideró Oscar Montero, el concejal que presentó la propuesta.
La nueva legislación alcanza a todos los locales de atención masiva, puntualmente bancos, oficinas de atención al público como rentas, ANSeS, centros de cobro y de pago, que son donde se junta más gente y la espera es más tediosa.
Otro de los puntos que detalla es que cada lugar brinde la prioridad a quienes no pueden demorarse mucho y que se cumple mayoritariamente en los grandes supermercados de cadenas nacionales. “Esto fue inspirado por un reclamo de una joven embarazada que ante la mirada desinteresada del resto de los que hacían cola, no le dieron lugar. Tiene que haber un sistema de atención prioritaria a estos grupos y a las personas de movilidad reducida en forma transitoria, que por una eventualidad utilicen silla de ruedas o muletas. Esto crea el derecho del ciudadano y entonces se puede exigir; y el establecimiento tiene la obligación”, sostuvo Montero.
También busca evitar que cada consumidor tenga que estar fuera del lugar a la intemperie, bajo cualquier condición climática que lo afecte "en lo físico, a la salud o seguridad de las personas".
Por último, determina que tengan acceso a los sanitarios del lugar de manera gratuita.
A quienes no cumplan la ordenanza, se les aplicará una sanción que va de las quinientas unidades de multa (que hoy tiene un valor de $ 4, 25) a las dos mil quinientas. La misma se pondrá en marcha a los sesenta días de publicada. 
"Estamos regulando la atención y el trato digno de los usuarios, que está previsto y garantizado en la Constitución Nacional (artículo 42) y en la Ley de Defensa del Consumidor (artículo 8 bis, de la ley 24.240)", aseguró el concejal de Compromiso Federal.

 

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