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Quieren adherir a ley que asiste a hijos de víctimas de femicidio

Conocida como "Ley Brisa", otorga una ayuda económica y cobertura médica hasta los 21 años.

Por redacción
| 13 de septiembre de 2018
Solos. "Casa del encuentro" calcula que en 10 años 3.378 hijos quedaron sin madre por femicidios. Foto: Shutterstock.

Este miércoles en la Cámara de Diputados inició su camino legislativo el proyecto de adhesión a la ley nacional 27.546, conocida como "Ley Brisa" que otorga una compensación económica a menores de 21 años cuyas madres hayan fallecido víctimas de violencia de género.

 

Sanluiseños por el Cambio fue quien presentó la iniciativa de adhesión, que entró a la Comisión de Asuntos Constitucionales para su análisis. “Va en consonancia con las políticas de género que se vienen generando en la provincia y a nivel país. Es una realidad que sucede. Queríamos darle cobertura a los niños y niñas a los que les puede suceder en San Luis”, justificó Pablo Zamora, que preside el bloque que hizo la propuesta.

 

La ley original, aprobada el 11 de julio de este año en la Cámara de Diputados de la Nación, establece “un régimen de reparación económica para niños, niñas y adolescentes cuando el progenitor haya sido procesado o condenado como autor, coautor o cómplice del delito de homicidio de la progenitora; la acción penal seguida contra su progenitor en la causa penal donde se investigue el homicidio de su progenitora, se declare extinguida por muerte o cualquiera de los progenitores haya fallecido por violencia intrafamiliar o de género”. Este último punto abre la puerta que en el caso de que el padre sea el que muera, en un contexto de violencia familiar, también se otorgue el beneficio.

 

La ayuda debe ser equivalente a un haber jubilatorio mínimo y otorgado a los hijos menores de 21 años, o que tengan discapacidad. Hasta los 18 el cobro queda a cargo del tutor, a partir de esa edad es la misma persona quien puede recibirlo. Esta reparación es a su vez compatible con asignaciones familiares, universales por hijo, pensiones, régimen de alimentos y cualquier otra prestación del que sea beneficiario.

 

La norma también estipula que en ningún caso la ayuda la puede cobrar el procesado o condenado como autor del femicidio en cuestión y el beneficio solo se revoca si se da el sobreseimiento o absolución de la persona. E incluso en ese caso, no se exige la devolución de lo aportado. Por último la ley establece la cobertura integral de salud, en el caso de que el chico no cuente con obra social o prepaga.

 

“Es una adhesión a la ley. Esto surgirá luego de hacer reuniones con la Secretaría de la Mujer, analizar en que puede intervenir o no, con los prestadores médicos y el Gobierno de la Provincia. Quisimos darle discusión parlamentaria a la cuestión”, explicó Zamora. “Ha tenido buena recepción entre los compañeros. Se va a tomar con mucha responsabilidad, sin tratar de imponer cuestiones que no tengan consenso”, agregó.

 

“Creo que es importante que vayamos sumando derechos, principalmente sobre la desprotección de los niños y los más pequeños, en esta situación de extrema vulnerabilidad. Tienen muerta a una madre y el otro tutor está preso. Complica la crianza del niño, genera desventajas. Es una reparación económica, no una reparación integral. Nadie les va a devolver la madre o el padre, pero sin dudas es una mano que tiene que dar el Estado en cuanto a cómo hacemos para que medianamente sigan con una vida normal”, reflexionó.

 

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