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Calendario 2020 para el Impuesto sobre los Bienes Personales

Lorena Marcoleta, socia regional de Lisicki Litvin & Asociados, señaló que este es uno de los impuestos afectados por la Ley de Solidaridad Social. 

Por redacción
| 12 de agosto de 2020
Marcoleta indicó que el vencimiento del impuesto es en agosto. Foto: Gentileza.

La doctora Lorena Marcoleta, socia regional de Lisicki Litvin & Asociados-sucursal San Luis, señaló que ya comenzaron los vencimientos de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

 

 

“Uno de los impuestos más afectados por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva sancionada en diciembre 2019 fue justamente Bienes Personales, cuyas alícuotas tuvieron aumentos importantes. La tasa máxima del impuesto sobre los Bienes Personales se incrementó a 1,25%”, señaló.  

 

 

 

Marcoleta recordó que la  Ley de Solidaridad delegó en el Poder Ejecutivo la facultad de incrementar esa tasa hasta el 100% para los bienes en el exterior. ”En el caso de bienes como propiedades, cuentas bancarias, vehículos, y acciones en el exterior, la alícuota pasó hasta el 2,25%”, señaló.

 

 

 

“Si se tiene en cuenta que regía una alícuota única de 0,25%, el aumento para esa franja de contribuyentes se multiplica por diez. Lo que representa un aumento del 900%”, dijo y agregó: “La condición para seguir pagando la alícuota 1,25% por esos bienes que a diciembre de 2019 estaban en el exterior era repatriar hasta el 5% de los activos del exterior”.

 

 

Puntos a tener en cuenta:

 

                

Marcoleta indicó cuales son los principales puntanos a considerar  para la presentación del Impuesto sobre los Bienes Personales de 2019, cuyo vencimiento opera en agosto de 2020.

 

 

  1. Quienes se encuentran alcanzados: deben tributar aquellas personas cuyo patrimonio (bienes en el país y en el exterior) supere los $2.000.000 (año fiscal 2019). Desde este año quedan exenta la vivienda casa habitación hasta $18.000.000.

 

  1. Los empleados en relación de dependencia tienen que presentar una declaración jurada informativa, aunque su patrimonio no llegue a dicha cifra. Si su sueldo anual supera los $2.000.000 en 2019 y el saldo a pagar es cero, se encuentran obligados a presentar una declaración informativa de Bienes Personales antes del 31 de agosto. Asimismo, deben presentar una declaración informativa del Impuesto a las Ganancias.

 

  1. Con la reforma los inmuebles rurales no pagan Bienes Personales.

 

 

 

  1. Las acciones y participaciones societarias en el país se informan en la declaración como exentas, pero el impuesto lo pagan las sociedades (responsables sustitutos).

 

 

  1. Bienes del exterior: la alícuota progresiva de Impuesto sobre los Bienes Personales de aquellos contribuyentes que no hubieran repatriado fondos tiene cuatro tramos, que son aplicables únicamente a sus bienes situados en el exterior. Sin embargo, para determinar en qué tramo se ubica cada contribuyente deben sumarse el valor total de los bienes del país y del exterior.

 

 

  1. Repatriación de capitales. Si se ingresó el 5% de los bienes del exterior hasta el 6/05 (excepcionalmente) y se mantienen hasta el 31 de diciembre se paga la alícuota del 1.25%. Recordemos que es excepcional ya que la ley prevé que las repatriaciones deben efectuarse hasta el 31/03 de cada año inclusive.

 

 

 

  1. El pago del impuesto se puede realizar en un plan de pagos especial (que puede hacerse hasta el 30/09 – RG 4768). La RG 4057/17 prevé un anticipo más tres cuotas, no se tendrá en cuenta el SIPER.

 

 

La especialista indicó que la suba en el Impuesto sobre los Bienes Personales no es una buena señal para atraer inversiones y generar empleo en el país, sobre todo por la poca estabilidad jurídica que ha prevalecido en los últimos años.

 

 

“Recordemos que no hace mucho tiempo, con la Ley 27260 el esquema de alícuotas de Bienes Personales era decreciente año a año, llegando así al 2018 con una alícuota de 0.25%. Estos cambios de rumbos en las políticas fiscales impactan en los inversores, que pretenden una cierta estabilidad económica y fiscal a la hora de evaluar sus negocios”, concluyó.

 

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