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Una mujer pagará 40% menos en las cuotas del plan de ahorro

Con el decreto, Volkswagen debe definir el valor de la financiación basándose en la de agosto del 2018.

Por redacción
| 15 de abril de 2021
Cliente beneficiado. La próxima semana la empresa será notificada. Foto: Luciana Iglesias.

La jueza civil Nº 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, Cynthia Alcaraz, aceptó dictar una medida cautelar reclamada por el abogado Raúl Edi Bernardis, en representación de una persona que contrató un plan de ahorro en 2018. El fallo determina que la firma internacional Volkswagen debe definir el valor de sus cuotas teniendo como base el monto del mes de agosto de ese año y actualizarse según el Índice de Precios al Consumidor (IPC), y no según el valor móvil del vehículo. Eso reduciría en un 40% lo que abona la ahorrista en la actualidad.

 

"Esto marca precedente y este es un escrito distinto a las cautelares que se elevan en otros juzgados, por eso supongo que se irán sumando más damnificados", explicó Bernardis. Luego remarcó: "Mi clienta viene pagando el plan desde antes de 2018 y ese año le adjudican el vehículo, que es cuando se produce la actualización del valor del rodado. Lo que ocurrió fue que en el momento que inicia el plan, la cuota le afectaba un 20% de su sueldo y ahora a la fecha le está perjudicando en un 50%. A nuestro criterio es un uso abusivo en contra de los derechos del consumidor por parte de las sociedades de autoahorro", dijo.

 

La magistrada explicó que el procedimiento ante este tipo de medidas se rige por tres requisitos: que haya peligro en la demora, que exista verosimilitud del derecho y el tercero es una contracautela. "En este caso el peligro en la demora significa que si no se plantea este pedido que presentó Bernardis, puede suceder que, si la clienta no pagó un mínimo de dos cuotas, se secuestra el auto y se lo llevan al domicilio de la casa matriz de la concesionaria. En esta oportunidad el escrito es diferente a los que normalmente recibimos, porque solicita no solo que se detenga el precio de la cuota, sino el evitar que le quiten el rodado", explicó Alcaraz.

 

 

El decreto estará vigente mientras dure el proceso judicial y dicten sentencia firme.

 

 

La persona contrató un plan por un valor de cuotas que iba a ir aumentando con el precio del utilitario. "Pero se ha tornado de imposible cumplimiento y la inflación del año pasado hizo un desfasaje en el valor de los vehículos. Entonces lo que ellos hicieron fue solicitar que la cuota quede fijada desde agosto de 2018, que era la número seis que abonó. Ese es el parámetro que va a tener la damnificada. Con esto se evita que la empresa inicie las otras acciones mencionadas porque ya está dictada la medida de no innovar, que es precisamente no dar lugar a lo que requiera la firma", detalló.

 

Para continuar con el procedimiento, el próximo 19 de abril el abogado tiene que presentarse en audiencia de caución, que es la garantía que da una persona al cumplimiento de un pacto, obligación o contrato mediante juramento. Luego se notificará a la multinacional y esta tendrá un plazo de cinco días para impugnarla. "Si no responde, la medida queda firme", sostuvo. También contó que de todos los fallos que ha resuelto, en ninguna oportunidad los impugnaron.

 

Alcaraz remarcó que la vigencia del decreto es mientras dure el proceso judicial. "El juicio ya inició y hasta que haya una sentencia, que la Cámara la evalúe y decida si la modifica o no, durante ese tiempo tiene validez mi decisión", aclaró, y cerró: "Esto marca un precedente por cómo está planteado y cómo se ha despachado".

 

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