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España busca aprobar una nueva ley trans que no patologice

Permitirá realizar el cambio en el DNI sin que la persona presente un informe médico o psicológico que acredite "disforia de género".

Por redacción
| 26 de junio de 2022
Desde 2007, han sido más de 6.000 personas las que han ejercido este derecho en España. Foto: Internet

El Gobierno de España se apresta a aprobar este lunes una nueva "Ley Trans" que permitirá realizar el cambio registral en el DNI sin que la persona disponga, como se exige ahora, de un informe médico o psicológico clínico que acredite "disforia de género".

 

La "Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI" tendrá el aval del Consejo de Ministros que se celebrará este lunes y el texto pasará así a la fase de tramitación en el Congreso, según confirmaron fuentes del Ministerio de Igualdad, según consigna la agencia de noticias DPA.

 

Las mismas fuentes señalaron que se trata del mejor texto posible para llegar a la Cámara baja, ya que está mejorado respecto al inicial y en él se mantienen los derechos fundamentales reconocidos al colectivo.

 

Bastará con que se solicite el cambio por escrito, sin necesidad de presentar pruebas ni testigos, y que se ratifique en un plazo de tres meses.

 

Además, el proyecto contempla que los mayores de 16 años puedan realizar el cambio registral para que su documentación personal concuerde con su identidad de género autopercibida con un trámite administrativo, sin pruebas ni testigos.

 

Hasta ahora, la ley de identidad de género no incluye a los menores dado que en su primer artículo establece que podrán cambiar sus datos de sexo y nombre en el Registro "toda persona de nacionalidad española, mayor de edad y con capacidad suficiente para ello".

 

No obstante, diferentes resoluciones judiciales han posibilitado cambios relacionadas a los menores.

 

El proyecto viene a modificar una norma que ya tiene 15 años y que en su momento fue considerada "un avance histórico" para el colectivo travesti trans ya que les permite cambiar de nombre y sexo, tanto en el Registro Civil como en el DNI sin necesidad de haberse realizado la cirugía.

 

No obstante, para acceder a esto deben presentar un diagnóstico de disforia de género -con un informe médico o psicológico- y haber recibido al menos dos años de tratamiento médico para acomodar su físico al sexo reclamado (hormonización).

 

Hasta 2007, en España las personas trans solo podían cambiar sus datos tras haberse sometido a una cirugía de reasignación de sexo y a través de una sentencia judicial favorable.

 

Desde 2007, han sido más de 6.000 personas las que han ejercido este derecho.

 

Télam/MGE

 

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