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Volvieron a declararlo culpable por abusar de una niña de 3 años

En 2021 ya lo habían sentenciado, pero el Superior Tribunal anuló el fallo y pidió un nuevo juicio, que terminó este viernes.

Por redacción
| 29 de julio de 2023
Tribunal. Sanchiño, Flores y Uccello, ayer, a la derecha, al momento del fallo. Foto: Captura de video

Otra vez, un tribunal declaró culpable a Juan Ignacio Belardinelli por haber abusado de una vecina de apenas 3 años en 2018 y, de nuevo, sus abogados presentarán un recurso de casación para recusar el nuevo fallo, dictado este viernes por la tarde. El imputado fue declarado responsable del hecho por otro tribunal en 2021, pero el Superior Tribunal de Justicia (STJ) anuló esa resolución y ordenó el nuevo debate que terminó ayer. El ciclo podría repetirse.

 

El hecho ocurrió el 5 de febrero de 2018, en el barrio Centenario de Santa Rosa del Conlara. Víctima y victimario, quienes eran vecinos, tenían 3 y 17 años respectivamente. La mamá de la pequeña denunció que su hija jugaba junto a otros dos niños, uno de ellos, hermano del acusado, en la casa de este último. El adolescente, quien estaba solo, habría hecho ingresar a la pequeña a la morada para concretar el abuso.

 

Belardinelli fue detenido, indagado y luego procesado con prisión preventiva por el delito de “Abuso sexual con acceso carnal”. Por su edad, pasó cerca de seis meses alojado en la Comisaría de Atención a la Niñez, Adolescencia y Familia de San Luis, pero el encarcelamiento no se prorrogó y está libre desde entonces.

 

El primer debate se suspendió en dos ocasiones, pero finalmente arrancó el 24 de septiembre de 2021. Tuvo dos audiencias y la declaración de 10 testigos, de los que el tribunal se valió para declararlo responsable por el delito endilgado. La fiscalía había solicitado 9 años de cárcel, pero como Belardinelli era menor cuando fue denunciado, la causa fue remitida al Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia de Santa Rosa del Conlara para fijar la pena pertinente.

 

Pero Gustavo Federico Farías y Carolina Cuello, abogados del imputado, presentaron una apelación en noviembre del mismo año argumentando que los jueces no valoraron correctamente todas las pruebas y que fueron arbitrarios. En diciembre de 2022, el STJ hizo lugar al reclamo, anuló el fallo y reenvió el expediente a la Excelentísima Cámara Penal para la celebración de un nuevo debate, que empezó este miércoles.

 

 

Acceso carnal no, intento

 

Ayer, en diálogo con El Diario, Farías opinó nuevamente que el tribunal, esta vez integrado por Daniel Sanchiño, José Luis Flores y María Claudia Uccello, falló arbitrariamente y modificó la plataforma fáctica. Esta vez, Belardinelli fue sentenciado por “Abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa”, es decir, con una penetración no consumada, una calificación distinta por la que fue procesado y juzgado la primera vez.

 

“Vamos a esperar los fundamentos del fallo para evaluarlos, pero vamos a recusarlo. Hubo una modificación de la plataforma fáctica porque ahora resulta que no hubo acceso carnal, cosa que tampoco fue acreditada”, comentó el letrado por la tarde. Más temprano, en sus alegatos, sostuvo la inocencia del joven, remarcó que no existen pruebas biológicas ni genéticas que lo incriminen y por eso pidió la absolución por el beneficio de la duda.

 

También le solicitó al tribunal que indague si la niña es víctima de abuso por parte de alguien de su grupo familiar e investigar por falso testimonio a dos médicas del Hospital de Santa Rosa, quienes aseguraron que la niña había sido accedida. “No tuvieron fundamento alguno. Eso fue totalmente descartado con pruebas de ADN y otros análisis. El testimonio de la médica forense (Patricia Ceratto) dijo que no existen elementos suficientes para acreditar un acceso carnal, por lo que quedó descartado”, le explicó Farías a este medio.

 

Antes que él alegaron el fiscal de Cámara Néstor Zudaire y la defensora de Niñez Gabriela L’Huiller. El primero consideró que la violación estuvo probada y solicitó una sentencia a 9 años de prisión por “Abuso sexual con acceso carnal”; la segunda adhirió a lo solicitado por la fiscalía, habló de la declaración de la víctima como prueba fundamental y remarcó que el imputado se valió de la confianza de la niña y del entorno para cometer el delito.

 

Sanchiño, Flores y Uccello firmaron la nueva sentencia de manera unánime y, otra vez, giraron la causa al Juzgado de Familia de Santa Rosa del Conlara para que cuantifique y fije la pena.

 

Redacción/MGE

 

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