23°SAN LUIS - Domingo 28 de Abril de 2024

23°SAN LUIS - Domingo 28 de Abril de 2024

EN VIVO

Le disparó a la pareja de su ex y le dieron 7 años de prisión

En junio de 2022, Cristian Pereyra intentó matar a Mario Stauffer y le pegó a su expareja; terminó condenado.

Por redacción
| 29 de febrero de 2024
Tribunal. Daniel Sanchiño, Sandra Piguillem y María Claudia Uccello a la izquierda; a la derecha el fiscal Néstor Zudaire.Foto: Poder Judicial

El 4 de junio de 2022, Cristian Javier Pereyra se coló por la ventana en la casa de su ex, arremetió contra ella a golpes, le pegó un tiro en la cabeza a su actual pareja, Mario Stauffer, y huyó. Stauffer sobrevivió al ataque, pero una bala le quedó alojada en su cuerpo. El martes, un tribunal, integrado por Daniel Sanchiño, Sandra Piguillem y María Claudia Uccello, lo declaró culpable por el delito de “Homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa y lesiones leves agravadas por ser cometidas por un hombre a una mujer mediando violencia de género, en concurso real” y lo condenó a sufrir la pena de 7 años de prisión.

 

Todo sucedió un sábado, cerca de las tres de la madrugada, cuando Pereyra entró con un arma de fuego a una vivienda ubicada en calle Los Mandarinos 125, al sur de la plaza principal de Carpintería, propiedad de su ex, gatilló varias veces, agredió con golpes de puño a la mujer e hirió a Stauffer en la cabeza de un balazo.

 

Según contaron los damnificados en la denuncia y que ratificaron al declarar en la primera jornada del debate, el agresor entró empuñando un arma, gatilló varias veces, pero solo salió un disparo que le ingresó a Stauffer por la oreja y terminó alojado en la base del cuello. Al extraerlo en una cirugía, los investigadores supieron que se trataba de un calibre 22, aunque el arma nunca fue hallada. Afortunadamente, la víctima se recuperó.

 

Pereyra fue detenido el domingo 5 de junio de ese año en la casa de un hermano en Merlo, donde también estaba la Motomel Blitz 110 en la que había escapado. Al día siguiente fue conducido ante la entonces jueza de Garantías 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, Patricia Besso, quien, a pedido del fiscal Carlos Leloutre, le imputó los delitos de “Homicidio en grado de tentativa, agravado por causar sufrimiento a una persona con la que mantuvo una relación”; “Violación de domicilio”; “Hurto”; “Portación ilegal de arma”; “Lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género”; en concurso real e ideal, y lo envió a la cárcel.

 

A pesar de haber cumplido con prisión preventiva, Pereyra llegó al juicio en libertad, lo que generó una gran preocupación y temor en las víctimas, quienes optaron por mudarse de provincia debido al trauma.

 

El martes, durante la ronda de alegatos, el fiscal de Juicio de la Tercera Circunscripción Judicial, Mario Néstor Zudaire, sostuvo que las pruebas documentales, conformadas por el acta del levantamiento, informes médicos y declaraciones coincidentes del hecho, permitieron asegurar que el acusado es quien cometió el delito.

 

La fiscal de Instrucción 1, Débora Roy Gitto, hizo hincapié en las lesiones contra la mujer, las que consideró agravadas por ser cometidas en un contexto de violencia de género. Al respecto, señaló que la damnificada antes de su separación sufrió violencia psicológica, física y económica por parte del agresor, con quien mantuvo una convivencia.

 

Por todo eso le pidió al tribunal que al momento de resolver tenga en cuenta las normas que amparan a la mujer y solicitó 10 años de prisión por los delitos de “Tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego” y “Lesiones leves agravadas por violencia de género”.

 

El defensor oficial en lo Penal, José Luis Guiñazú, sostuvo que la totalidad de la prueba documental no ha sido reconocida según lo indica la ley. Además, agregó que no hubo prueba testimonial, que no se realizaron pruebas de parafina para constatar restos de pólvora en su defendido, en la mujer y en la pareja actual de la misma. También añadió que no se secuestró el arma y que el damnificado se contradijo en sus declaraciones.

 

Guiñazú también mencionó que la fiscalía no acreditó su teoría del caso, por lo que solicitó al tribunal la absolución del imputado por In dubio pro reo (en caso de duda, a favor del acusado). A pesar de eso, los magistrados condenaron al imputado a siete años de cárcel.

 

Redacción/MGE

 

LA MEJOR OPCIÓN PARA VER NUESTROS CONTENIDOS
Suscribite a El Diario de la República y tendrás acceso primero y mejor para leer online el PDF de cada edición papel del diario, a nuestros suplementos y a los clasificados web sin moverte de tu casa

Suscribite a El Diario y tendrás acceso a la versión digital de todos nuestros productos y contenido exclusivo