El jury desestimó la causa contra la fiscal bringas y sancionó a los abogados denunciantes
El Jurado de Enjuiciamiento cerró la denuncia contra la fiscal María Delia Bringas por considerar que no hubo irregularidades y aplicó arresto domiciliario por 12 horas a los abogados Scarso, Varela y De Pascuale por presentar acusaciones infundadas.
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de San Luis resolvió desestimar la denuncia presentada contra la fiscal de Instrucción Penal en Género, Diversidad, Infancias y Adultos 1, María Delia Bringas, y sancionar a los tres abogados que habían impulsado el proceso. La resolución —firmada por la mayoría del cuerpo— concluyó que las acusaciones carecían de sustento y que en dos de los tres expedientes citados la fiscal ni siquiera había intervenido.
Los letrados Salvador Hugo Scarso, Gabriel Varela y María de los Ángeles De Pascuale habían acusado a Bringas por supuesta negligencia, abuso de autoridad, irregularidades procesales e incumplimiento de deberes, basándose en su actuación en las causas PEX 435540/25, 454256/25 y 449984/25. Sin embargo, tras analizar cada uno de los expedientes, el Jury determinó que los hechos denunciados no encuadraban en ninguna causal de remoción prevista por la ley y que parte de las imputaciones no se correspondían con la realidad procesal.
En el primer caso, el organismo constató que todas las medidas cuestionadas habían sido dispuestas antes de que Bringas asumiera el cargo, el 8 de julio de 2025. De igual modo, en el PEX 449984/25 quedó acreditado que no tuvo participación y que la propia fiscalía había acompañado un pedido de morigeración de prisión preventiva basado en aclaraciones de la denunciante.
Respecto del expediente relacionado con la orden de detención del trabajador Hugo Armando Cedrón, el Jury sostuvo que la fiscal actuó dentro de las facultades legales previstas por el Código Procesal Penal y que dejó sin efecto la medida antes de que se ejecutara, por lo que no se configuró ninguna irregularidad.
Al constatar que los profesionales habían formulado denuncias “manifiestamente infundadas” pese a su conocimiento del funcionamiento del sistema y de las consecuencias legales, el Jurado aplicó la sanción prevista en el artículo 29 de la Ley de Enjuiciamiento: arresto domiciliario por 12 horas. La medida se cumplirá el jueves 27 de noviembre, de 8 a 20, en los domicilios declarados por los denunciantes. Además, se ordenó comunicar lo resuelto al Colegio de Abogados, salvo en la disidencia parcial del miembro Mauricio Secundino Daract, quien consideró que ese punto no correspondía.
Con esta resolución, el Jury dispuso archivar las actuaciones y exhortó a los denunciantes a abstenerse en el futuro de promover acusaciones que no se ajusten a la intervención real de magistrados o funcionarios.
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