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Asesinato de madre e hija: preventiva para Dayana Paredes y Axel Crisito

La resolución por el homicidio de Vanesa Zanni y Tatiana Lucero Zanni fue dispuesta este martes. 

Por redacción
| Hace 3 horas

Las prisiones preventivas, por cuatro meses, fueron dispuestas al vencer la prórroga de detención. La pareja fue enviada a la cárcel imputados por el delito de doble homicidio doblemente calificado por ensañamiento y alevosía en calidad de co autores. Hicieron  lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal.

 

Detalles de la audiencia

 

Prensa del Poder Judicial informó que este martes, se venció la prórroga de detención para Axel Emiliano Criscito y  Dayana Paredes imputados por el delito de doble homicidio doblemente calificado por ensañamiento y alevosía en calidad de co autores en la cual la Justicia hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y ordenó la prisión preventiva por el término de cuatro meses para ambos.

 

Las Defensoras en lo Penal no plantearon objeciones en relación a la formulación de cargos por lo que la Juez ratificó los mismos.

 

La representante del Ministerio Público Fiscal solicitó como medida la prisión preventiva por el término de cuatro meses. En sus argumentos, mencionó las características del hecho, el pronóstico punitivo, la solidez de la calificación, el peligro de fuga, el entorpecimiento de la investigación, la influencia de testigos y la falta de arraigo de Criscito.

 

La Querella adhirió y se refirió a el modo de cómo fueron encontradas las víctimas, la gravedad del hecho, la solidez de la imputación.

 

La Defensa de Axel Emiliano Criscito rechazó la medida. Expresó que su defendido posee facultades insuficientes con diagnóstico de psicopatía primaria y que está atravesando una situación de salud mental, propuso medidas morigeradas.

 

A su vez, la Defensa de Dayana Paredes dijo que las evidencias son suficientes y que por eso no formuló objeciones a la calificación legal, sin embargo, su defendida debe someterse a un juicio justo y adecuado a las condiciones personales.

 

Mencionó que se está en trámite –Sentencia con pase a resolver- la restricción de capacidad, agregó que la junta médica concluyó que existe un 85% de incapacidad y con una imposibilidad de re direccionar sus actos. Explicó que durante la prórroga de detención se dispuso un acompañamiento terapéutico.

 

Solicitó que, si es avalada la medida, sea de prisión domiciliaria ya que el Servicio Penitenciario no cuenta con las condiciones para su alojamiento.

 

La Defensora de Niñez y Adolescencia, explicó que el trámite de restricción de capacidad se encuentra para resolver y solicito que todas las medidas que se adopten se realicen respetando los estándares de Derechos Humanos, con perspectiva de discapacidad, respetando la igualdad y la no discriminación. Agregó que se tengan en cuenta las normas nacionales e internaciones y que se tomen las medidas y ajustes para la comprensión del proceso penal.

 

Con respecto a la solicitud de medidas morigeradas, la Fiscalía se opuso. Sostuvo el pedido de prisión preventiva y los riesgos procesales, manifestó que se han tomado todos los recaudos legales. La Querella adhirió.

 

Luego de escuchar a las partes, la Dra. Natalia Pereyra Cardini ordenó la prisión preventiva. Entre sus argumentos mencionó que las evidencias son suficientes para considerar que el hecho existió y que los imputados son los autores. Dijo que siempre se aseguraron las garantías constitucionales y que la comprensión del proceso estuvo asegurada.

 

Agregó que si bien existiría una incapacidad la misma no estaría verificada, y que no ha quedado demostrado que no hayan comprendido el acto, que hay cuestiones que hacen presumir que comprendieron el hecho, por cómo fueron encontrados los cuerpos y la huida.

 

Mencionó los riesgos procesales y ordenó que se adopten las medidas correspondientes para garantizar el seguimiento psicológico y psiquiátrico. Manifestó que se debe velar también por las víctimas y por la familia.

 

La Defensa de la mujer interpuso un recurso de revisión de la medida.

 

El horror

 

El 20 de diciembre fueron encontradas sin vida Vanesa Zanni yTatiana Lucero Zanni en una vivienda ubicada en Leonismo Argentino extremo Sur de Villa Mercedes. Una ciudadana –amiga de Vanesa- advirtió la situación y dio aviso a personal policial, inmediatamente tomó intervención fiscalía, personal de homicidios, policía científica y medicina forense.

 

En el interior de la vivienda se encontraron con las dos mujeres sin vida en un estado avanzado de putrefacción y que presentaban múltiples lesiones compatibles con apuñalamientos.

 

La autopsia arrojó que la causa de muerte fue un shock hipovolémico y que la muerte data de 48 hs hacia atrás, es decir antes del sábado 20 de diciembre.

 

Según la Fiscalía el hecho se habría producido en la madrugada del 18 de diciembre, las víctimas fueron vistas por última vez a la 1.30 de la madrugada cuando regresaron junto a los imputados de cenar en la casa de una vecina.

 

Las partes

 

La audiencia se desarrolló en el Juzgado de Garantía N° 3 a cargo de Natalia Pereyra Cardini, como secretario intervino Ignacio Esquerre Delaunay. por el Ministerio Público Fiscal (MPF)  intervino Gisela Milstein –fiscal de Instrucción nº 5-. por la querella –en representación  de la familia de las víctimas- intervinieron Germán Anabitarte y Gastón Massa. por el mpd intervinieron, Ximena Bertoli y Silvia Moran –defensoría en lo penal N° 1, por el imputado-, Cecilia Mithiaux y Noelia Páez –defensoría en lo penal n°3 por la imputada-. Yesica Agüero y Beatriz Pringles Medeot por la defensoría de niñez, adolescencia e incapaces.

 

 

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