El Círculo Médico de San Luis analiza una oferta de Dosep por un nuevo convenio
Se trata de una suba del 4,2% en octubre sobre el nomenclador vigente. La Mesa de Enlace del Círculo, hizo una contrapropuesta y requirió una nueva reunión con la obra social.
El complejo escenario en materia de salud tras la rescisión del convenio entre Dosep y el Círculo Médico de San Luis (CMSL), provoca diversas tensiones. Hay un ambiente efervescente, donde los afiliados reclaman una solución urgente a la obra social. En ese sentido, la mutual presentó la semana pasada una propuesta de un nuevo acuerdo que contempla una suba del 4,2% en octubre sobre el nomenclador vigente.
La noticia trascendió en la mañana de este lunes, cuando el CMSL hizo pública la sugerencia de Dosep en una publicación en sus redes sociales. Básicamente, la obra social indicó una actualización con un pago a 50 días. La Mesa de Enlace del Círculo ya concretó una contrapropuesta, que contempla una serie de modificaciones y requirió una nueva reunión con la mutual.
Conferencia de prensa
Este lunes, el titular de Dosep, Arturo Vergara, brindó una conferencia de prensa en la que detalló diferentes conceptos alusivos al conflicto. Especialmente, remarcó indicaciones sobre los pagos directos con los profesionales (que en los hechos parece no funcionar) y subrayó maniobras "extorsivas" por parte del CMSL.
“Presentamos obviamente la propuesta de trabajo porque la idea no es cortar el trabajo en ningún caso ni con ninguna institución ni con ningún profesional. Simplemente establecer pautas de trabajo claras y sustentables y que permitan a nuestros afiliados tener el mejor servicio. En este contexto se generó un ida y vuelta en estas negociaciones en cuanto a la propuesta nuestra y la propuesta de ellos. Actualmente enviaron una propuesta nueva que estamos analizando y seguramente la vamos a reunir en los próximos días”, dijo el funcionario.
“A través de mensajes de WhatsApp y diferentes comunicaciones, que me las han mostrado médicos, clínicas. La amenaza de que, en caso de que trabajen con la obra social provincial, no van a poder cobrar ninguna de las otras obras sociales a través de Círculo. Estos profesionales trabajan no solamente con la obra social provincial, sino también con otras prepagas y obras sociales, generándoles una situación complicada en cuanto a la posibilidad de elegir libremente sobre su trabajo”, añadió.
Sin embargo, vale recordar que toda esta circunstancia deviene de un quiebre vertical emanado desde Dosep, que fue quien mediante carta documento notificó el fin del acuerdo. El CMSL mantiene una postura unánime, donde reclama condiciones justas de acuerdo a sus servicios y el escenario económico actual.
El CMSL convocó a una conferencia de prensa para este martes, por la mañana, donde tratarán los avances de las negociaciones.
Detalles puntuales de la propuesta oficial
Según los datos que publicó el CMSL, la propuesta de Dosep estipula una serie de puntos centrales.
Aumento salarial del último trimestre en empleados públicos provinciales: 6% con una incidencia del 59,05%, que representa una actualización del 3,54%.
Actualización trimestral de Anses: 5,10% con una incidencia del 12,86% que representa una actualización del 0,66%.
Dosep señaló la importancia de lo establecido en el anexo III -Normas Operativas- que los prestadores deberán brindar sus servicios respetando las siguientes pautas:
Prescripciones e historia clínica (pedidos médicos, indicaciones y registros en la historia clínica deberán confeccionarse de manera legible cuando se realicen de puño y letra o bien efectuarse mediante medios electrónicos habilitados; en todos los casos contar con firma fotógrafa,electrónica o digital y sello del profesional interviniente).
Pedidos médicos: no corresponde solicitar orden de consulta médica para la realización de estudios o prácticas a afiliados que no mantienen relación médico-paciente con el profesional actuante. En tales, casos, las ordenes de consulta emitidas serán debitadas cuando acompañen la realización de un estudio solicitado por otro profesional. En consecuencia, deberá requerirse exclusivamente el pago correspondiente al estudio efectuado.
Para que proceda el cobro de prácticas cuyo resultado sea informado como "normal", y que hayan sido realizados por el profesional en el marco de la consulta médica, deberá acompañarse obligatoriamente el informe semiológico que motivó su realización.
En la realización de estudios de mayor complejidad, no de facturarse los estudios de menor complejidad que correspondan a la misma valoración. El nomenclador de Dosep cuenta con una amplia y correcta descripción de estudio.
Entrega de informes: los resultados de estudios que no sean informados por el profesional en el momento de su realización y que por sus características o por el análisis de parámetros, no permitan una entrega inmediata, no darán lugar al cobro de consulta médica, salvo que la misma implique la indicación de nuestros estudios y prescripciones, en el marco de la actuación del médico de cabecera del paciente. En caso de detectarse esta modalidad de cobro indebido por parte de los prestadores, se efectuarán los ajustes correspondientes. Si se comprueba la reiteración de esta conducta, se notificará al Círculo Médico de San Luis para que interceda. Cumplido dicho procedimiento y de persistir la conducta por parte del prestador, se procederá a la suspensión del mismo en el padrón de prestadores.
Cardilogía: se establece que para el cobro de ECG realizado en el ámbito de una consulta médica, podrán solicitarse ambas órdenes cuando corresponda a valoración prequirúrgica o control médico de rutina, para lo cual deberá ser informado el resultado acompañado de otros parámetros evaluados en la consulta. En este caso, la consulta médica deberá presentarse como una práctica.
Tope mensual de órdenes de consulta médica
Se establecerá un tope mensual de consultas para los prestadores que posean una alta tasa de consumo de órdenes de consultas que no se ajusten a los criterios éticos de tiempo y calidad de atención a los afiliados. Quedan exceptuados los prestadores que, por su especialidad o características propias de sus pacientes —control de recién nacidos, personas embarazadas a término, seguimiento de pacientes con VIH, etc.—, requieran un seguimiento médico de mayor frecuencia.
Prescripción de medicamentos, alimentos y productos médicos
Se establece la obligatoriedad de confeccionar recetas posdatadas por un mínimo de tres meses en tratamientos crónicos y para pacientes con enfermedad crónica.
La solicitud de determinaciones bioquímicas debe realizarse considerando valores previos y el tiempo transcurrido del último control. En caso de requerir repetir alguna determinación, debe justificarse adjuntando un resumen de historia clínica que describa de forma suficiente la necesidad de su realización.
Solicitud de historia clínica
Cuando desde la auditoría médica se solicite ampliar el diagnóstico o justificar un pedido médico, se debe confeccionar un resumen de historia clínica en el que se detallen de manera suficiente los parámetros que avalen la solicitud. No debe solicitarse nueva consulta médica para la confección y entrega de la historia clínica, que debiera realizarse en el curso de la consulta, principalmente en la prescripción de tratamientos medicamentosos que así lo requieran.
Imágenes
En estudios de mayor complejidad —TAC, RMN, ecodoppler, etc.— se solicitará para su autorización justificación médica mediante un resumen de historia clínica o un informe semiológico de estudios de diagnóstico o tratamientos previos.
Comunicación de prestadores con Dosep
Las comunicaciones entre prestadores y el personal de Dosep deben realizarse en el marco del respeto. Siendo frecuente la recepción de mensajes agresivos vía telefónica, a través de las plataformas electrónicas e incluso por intermedio de los mismos afiliados, se suspenderá al prestador responsable de la falta, dando participación al Círculo Médico en virtud de la potestad del control ético que le compete.


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