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Prisión perpetua para la mujer que envenenó a su pareja y a su hijastro

El tribunal popular halló culpable a Karen Oviedo, la mujer que envenenó en 2019 a un menor de edad y este año, al padre. A ambos les dio de beber refrigerante de motores.

Por redacción
| 01 de diciembre de 2022
Karen Oviedo escuchó el veredicto del tribunal popular. Foto: Télam.

Una mujer fue condenada este jueves a prisión perpetua luego de que un jurado popular la declaró culpable de haber envenenado con anticongelante para automóviles a su pareja y al hijo de este, de 9 años, en 2022 y 2019 respectivamente, en la localidad mendocina de Guaymallén.

 

Se trata de Karen Oviedo, quien recibió la máxima pena por el "Homicidio agravado por el vínculo, en concurso ideal con homicidio agravado por haber sido cometido mediante un procedimiento insidioso" de Rolando Aquino (47) y por el "Homicidio simple" de Elián (9).

 

El juez técnico de Mendoza David Gabriel Mangiafico dio a conocer la sentencia esta tarde luego de que el jurado popular la declaró culpable en el Polo Judicial Penal.

 

Previamente, los fiscales Fernando Guzzo y Claudia Ríos explicaron a los jurados que "no existen dudas sobre la culpabilidad" de Oviedo en las muertes de Aquino en febrero de este año y del hijo de este en 2019, y pidieron que se la declare culpable del delito de “Homicidio agravado por procedimiento insidioso, por el menor, y agravado por el vínculo, en perjuicio de su pareja”.

 

Tras el alegato de los fiscales, el abogado Oscar Torres, defensor de Oviedo, proclamó la inocencia de su defendida y dijo de manera contundente que durante el debate "no se ha probado que Karen sea culpable de la muerte de ambos”.

 

El fiscal Guzzo hizo un relato de las testimoniales de los distintos peritos y médicos que coincidieron en que la muerte de Aquino y de su hijo fue por ingesta del etilenglicol, un anticongelante utilizado para autos, y dijo que está "comprobado" que Oviedo es la responsable de dar ese líquido sintético a ambos.

 

Además, el fiscal se preguntó: "¿Aquino y su hijo tenían inclinación suicida? ¿Quién buscó en internet el etilenglicol? ¿Quién compró ese producto por Mercado Libre y luego se intentó borrar el historial de búsqueda? ¿De quién era la cuenta de donde se compró el líquido? Estas son pruebas", dijo.

 

Guzzo recordó al jurado la declaración de la trabajadora doméstica, Claudia Cortés, quien aseguró que “escuchó" cuando la acusada obligaba a su novio a que tome "un jugo", que se cree se utilizó para mezclar con el anticongelante, y agregó que observó a Aquino vomitar y "fue hasta el baño sosteniéndose de la pared".

 

Para el fiscal, “está probado que (Oviedo) ideó los homicidios de ambos, los puso en marcha, buscó, compró el anticongelante y se los dio. No interpuso salvamento para ellos”.

 

A su turno, la fiscal Ríos dijo que los análisis médicos y forenses que realizaron a los cuerpos de Aquino y de su hijo coincidieron con el cuadro de ingesta de etilenglicol, trastorno de conciencia, somnolencia, falla en riñón y corazón.

 

La representante del Ministerio Público Fiscal le recordó al jurado que “ambas víctimas eran personas sanas, y fallecieron por fallas multiorgánicas, y si le daban en su momento un tratamiento adecuado estarían con vida”.

 

Por su parte, el abogado defensor, Oscar Torres, proclamó la inocencia de Oviedo, y mirando al jurado dijo de manera firme: “No se ha probado que Karen sea culpable de la muerte de ambos”.

 

Y el abogado se preguntó: "¿Cuáles son las pruebas que incriminan a Karen, dónde están?", y argumentó que “todos los informes definen la personalidad, pero no define si fue autor del delito; tiene que haber pruebas para condenar y no se comprobó que sea la culpable”.

 

 “La empleada doméstica –continuó el abogado- dijo que escuchó a Karen obligar a tomar un jugo, pero no vio si lo tomó”, y se volvió a preguntar "¿Es lógico que matara a Aquino? ¿Para qué? ¿Qué lógica tiene haber matado al hijo y seguir con Aquino?".

 

Y el defensor agregó: “Si ella tenía inconveniente con Aquino o no quería seguir con la relación, le armaba el bolso y se iba, o ella se lo armaba. ¿Qué interés tenía para matarlo? ¿Qué móvil? Por eso les pido que cuando vayan a deliberar lo hagan con conciencia para no condenar a una persona inocente”, concluyó.

 

El hecho comenzó a ser investigado el 7 de febrero de 2021, cuando Aquino padre, pareja de la imputada, ingresó a la Clínica Santa María por una intoxicación severa y tras permanecer internado unos días falleció el 9 de ese mes.

 

Tras eso, se le tomó declaración a Oviedo, quien generó dudas en los investigadores, por lo que se ordenaron una serie de pericias.

 

En su declaración, la mujer aseguró, en aquel momento, que Aquino estaba tomando un medicamento por un problema en la piel, pero cuando los pesquisas le pidieron que entregue el fármaco ella aseguró que una empleada lo había tirado a la basura.

 

De las pericias y declaraciones realizadas, la fiscal de Homicidios, Claudia Ríos, dispuso la detención de Oviedo, ya que se comprobó que le suministró etilenglicol a su pareja a través de un vaso mezclado con jugo de naranja asegurándole que se trataba de un remedio para el tratamiento de la piel.

 

Télam  / NTV.

 

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